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PAGARE SIN AñO DE VENCIMIENTO
- Consulta : 132342
- Autor : gglucy_NR
- Publicado : Martes 06 de Diciembre de 2011 20:32 desde la IP: 189.163.17.161
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,077
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 06 de Diciembre de 2011
Estado de Referencia: Guanajuato
Hola a todos los foristas!!
Una pregunta, tengo un pagare por $15,000.00 y la fecha en que se firmo el pagare fue el 26 de Agosto de 2010 y la fecha de vencimiento es el 31 de Diciembre, no tiene año, pero cuando se firmo se dijo de palabra que seria el 31 de diciembre de 2010, pero al momento de llenar el pagare el deudor lo omitio, que puedo hacer.
Gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 247268
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Fecha de respuesta: Martes 06 de Diciembre de 2011 20:55 2011-12-06 20:55 desde IP: 189.178.225.190
"Lo omitio", cosa grave, el tenedor de ese titulo " pagaré" tiene la facultad legal para llenarlo en el momento que desee, y requerir su cobro judicialmente cuando el año que desee poner en el pagare lo permita.
Lo mejor será pagar y solicitar la devolucion de dicho pagare.
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Autor
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AutorRespuesta No: 247286
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Fecha de respuesta: Martes 06 de Diciembre de 2011 22:39 2011-12-06 22:39 desde IP: 187.144.165.15
Riego, no sabes, como siempre, no da pie con bola.
Conforme a los artìculos 13, 14 y 15 de la ley general de titulos y operaciones de credito, el tenedor esta facultado para llenar los espacios vacios de su puño y letra, ello no modifica la obligaciòn, nadie puede modificar el documentos, despues de haberlo presentado en el juzgado, pero antes si, lee esos artìculos.
Saludos a los Colegas participantes de esta Consulta.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
ABOGADO
Kokoduro1 arroba h o t m a i l punto c o m
Espero sus correos, le daré respuesta a todos.
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