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INDEMNIZACION POR RENUNCIA VOLUNTARIA ARTICULO 162

  • Consulta : 131850
  • Autor : jumontiel_NR
  • Publicado : Miércoles 30 de Noviembre de 2011 18:08 desde la IP: 200.76.90.179
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,074
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  • Autor
    Consulta

  • jumontiel_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco
    Hola, quisiera saber como se calcularía la indemnizacion por renuncia voluntaria en una relación laboral de mas de 15 años, según lo que dice el articulo 162 de la ley federal del trabajo? Gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 246771

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Doce dias por cada año de servicios  sin exeder el tope de dos veces del salario minimo  del area geografica que corresponda el lugar de prestacion del trabajo.



  • Autor
    Respuesta No: 246772

  • gerardot
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Tendrias que multiplicar tu salario diario por 12, que son los días que corresponden por año de servicio. Claro que si tu salario diario excede el doble del salario minimo, es decir, de acuerdo a tu zona que es la B el salario minimo es de $58.13, por lo tanto si tu salario diario es mayor a $116.26 por ejemplo si fuera de $120 te pagarian de acuerdo a los $116.26.

    No se si me habre explicado pero esto lo puedes ver en el art. 486 de la Ley Federal del Trabajo



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