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PAGARES
- Consulta : 130894
- Autor : jjl571_NR
- Publicado : Viernes 18 de Noviembre de 2011 18:03 desde la IP: 189.158.205.254
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,127
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 18 de Noviembre de 2011
Estado de Referencia: Nuevo León
gracias por su repuesta:
entiendo que las deudas del fallecido no las hereda la esposa e hijos si no se firmo ningun pagare ellos ni estaban enterados de la deuda
ya que el dia de hoy fueron unas personas a dejarle una notificacion de una demanda en el juzgado que ellos tenian que pagar los pagares del finado vendiendo o embargando la propiedad para rematarla y cobrarse. dice que la ley se lo permite, que dice que las deudas( pagares) se heredan a esposa e hijos
gracias de antemano por sus atenciones.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 245649
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Noviembre de 2011 18:11 2011-11-18 18:11 desde IP: 187.195.46.122
Forman parte de una herencia tanto los activos como los pasivos.
Si existen bienes a nombre del finado, al aceptarse la herencia, tendrán que cubrirse los pasivos o deudas que haya dejado en vida el autor de la sucesión.
En tal sentido, si la demanda se promovió en contra de la sucesión del deudor, es viable el emplazamiento a juicio.
En caso de que la demanda se haya dirigido a nombre del finado, tendrán que informar al Juez y acreditar el fallecimiento de éste, con la copia certificada del acta de defunción correspondiente, por lo que se suspenderá el juicio hasta que haya representante de la sucesión.
Pero si la esposa e hijos ya fueron declarados herederos, tendrán que responder con los bienes de la masa hereditaria esos adeudos.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 245653
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Noviembre de 2011 19:59 2011-11-18 19:59 desde IP: 201.141.89.75
Las deudas y títulos de crédito no se heredan a la esposa e hijos, la masa hereditaria debe responder también por la deudas, pero de ninguna manera, ni la esposa, ni lo hijos heredan las deudas, eso era en la edad media.
Primero verifique que las personas que se presentaron a su domicilio efectivamente sean funcionarios del Poder Judicial y que la notificación provenga de un Juez.
Conforme a la redacción que señala : .... dejarle una notificacion de una demanda en el juzgado que ellos tenian que pagar los pagares (sic) del finado vendiendo o embargando la propiedad para rematarla y cobrarse. dice que la ley se lo permite, que dice que las deudas( pagares) se heredan a esposa e hijos (sic) etc..
Todo escrito que diga literalmente: "que la Ley se los permite", "que las deudas se heredan a esposa e hijos" "que vendiendo o embargando" no son otra cosa que un escrito de coyote o tinterillo queriendo sorprender para recuperar un "adeudo"
Si le vuelven a molestar en su domicilio solicite que el actuario o ejecutor del juzgado se identifique, si no lo hace de inmediato llame a una patrulla y denúncie a esas personas por el posible delito de usurpación de funciones más lo que resulte.
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