Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

IMPORTANTE ARRENDAMIENTO DE DEPTO INQUILINOS NO SE QUIEREN SALIR

  • Consulta : 130237
  • Autor : Ruezga
  • Publicado : Viernes 11 de Noviembre de 2011 11:55 desde la IP: 189.182.207.156
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,109
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • Ruezga
    USUARIO REGISTRADO

    Hola buen dia! el caso es el siguiente:

    Hace poco le rentamos a una persona el departamento de mi madre, el dia 16 noviembre se le cumple 2 meses de que no ha pagado su renta, dice que no puede pagar porque no tiene trabajo y por lo tanto no tiene dinero, no se quiere salir ya van 2 semanas que le estamos pidiendo de la mejor manera que si no puede pagar que se vaya, ella firmo un contrato pero no tenemos esperanza de que tenga dinero para poder pagar nada, ni renta, ni mucho menos otros cargos, lo unico que queremos es que se vaya que desocupe el inmueble, Que podemos hacer??

    Es legal llegar con las escrituras del departamento en mano, olvidar lo del contrato y sacar sus cosas??  No tiene dinero para pagar nada, y algo judicial solo seria desgaste para nosotros, podemos sacar a esta persona con tal libertad?

    Es una mujer adulta que rento junto con su hermano adulto pagarian renta y no pagaron nada, y han tratado de mentirnos... Lo unico que nos importa es sacarlos de ahi, que hacemos???            

    Gracias por su atencion y sobre todo gracias por su ayuda...

     

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 244843

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Deben demandar la rescisión del contrato de arrendamiento, derivado del incumplimiendo en el pago de rentas, solicitando el pago de las rentas vencidas y las que se sigan venciendo hasta la fecha en que se decrete el lanzamiento, así como la desocupación y entrega material del inmueble.

    Ustedes no pueden desalojar al inquilino por su propio derecho, aun con las escrituras, ya que existe un contrato, además de que dicha conducta se traduce en un delito, cuidado.

    Te sugiero que te pongas en contacto con un abogado. él te dirá que se debe de hacer.



  • Autor
    Respuesta No: 244845

  • ALEXIUS
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    cuando lleves a cabo el juicio de resicion de contrato por falta de pago y obtengas una sentencia favorable en la ejecucion de sentencia puedes embargarle sus bienes para garantizar el adeudo ademas del lanzamiento a su costa



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión