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QUIEN PUEDE ASISTIR A LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL?
- Consulta : 129983
- Autor : maria1234r_NR
- Publicado : Martes 08 de Noviembre de 2011 22:19 desde la IP: 187.153.239.136
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,111
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 08 de Noviembre de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 244624
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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Noviembre de 2011 13:31 2011-11-09 13:31 desde IP: 201.103.189.175
Dependiendo las probanzas que se vayan a desahogar en la audiencia constitucional, es la pertinencia de acudir a la audiencia o no.
Si no hay testimoniales, sino solamente documentales, ni siquiera es necesario que acuda el abogado, éste les indicará que es lo procedente en todo caso.
Saludos.
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