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NUEVA LEY DE AMPARO VS LEY DEL ISSSTE
- Consulta : 128443
- Autor : cemc_82_NR
- Publicado : Viernes 21 de Octubre de 2011 10:23 desde la IP: 189.159.52.198
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,113
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 21 de Octubre de 2011
Estado de Referencia: Tamaulipas
Buen día, el aunto es este:
Mi hermana es maestra de bachillerato y le pasaron un formato para decidir cual sera el porcentaje que le descontaran para una vez que se quiera jubilar entregarselo mas la aportacion del gobierno, ella no esta conforme con dicha opcion, entonces, mi duda es, si a varios maestros se les otorgo el amparo en contra de la nueva ley del issste en su tiempo, es posible que se pueda aplicar la retroactividad de la ley usando la nueva ley de amparo donde se le dara proteccion en general a las personas de alguna ley que haya sido declarada inconstitucional mediate el Amparo?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 242751
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Octubre de 2011 11:06 2011-10-21 11:06 desde IP: 189.159.52.198
ok, muchas gracias, pero me surge otra duda: aun no le hacen los descuentos del porcentaje para el retiro, lo mas probable es que en la proxima quincena se los hagan, entonces, puede tramitar amparo aun en contra de esa ley??? pues apenas se va a ver afectada por ella en esta quiencena y tengo entendido que son 15 dias como termino para interponer cualquier amparo despues de que se vio afectada. Gracias!
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Autor
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AutorRespuesta No: 242767
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Octubre de 2011 13:23 2011-10-21 13:23 desde IP: 189.180.69.243
La inconstitucionalidad de una Ley se hacer valer mediante juicio de garantía, dentro de los treinta días a que inició la vigencia dicha Ley o dentro de los 15 días siguientes a que se dio el primer acto de aplicación de dicha norma.
Por otra parte, es importante saber qué régimen fue el que eligió tu hermana.
Y te anticipo, la nueva Ley del ISSSTE no fue declarada inconstitucional, solamente algunos artículos fueron declarados como tales, pero ninguno relativo a los porcentajes de descuento para el retiro.
Te recomiendo que leas la jurisprudencia que sobre el tema se emitió en el 2008.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 242773
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Octubre de 2011 14:18 2011-10-21 14:18 desde IP: 189.180.69.243
Difiero del término que expone el Licenciado que me antecede, toda vez que los términos los establece claramente la Ley de Amparo en sus artículos 21 y 22 fracción I, mismos que señalan:
Artículo 21.- El término para la interposición de la demanda de amparo será de quince días. Dicho término se contará desde el día siguiente al en que haya surtido efectos, conforme a la ley del acto, la notificación al quejoso de la resolución o acuerdo que reclame; al en que haya tenido conocimiento de ellos o de su ejecución, o al en que se hubiese ostentado sabedor de los mismos.
Artículo 22.- Se exceptúan de lo dispuesto en el artículo anterior:
I.- Los casos en que a partir de la vigencia de una ley, ésta sea reclamable en la vía de amparo, pues entonces el término para la interposición de la demanda será de treinta días.
Cuando es una Ley heteroaplicativa (es decir que necesite de un acto de autoridad para su aplicación) son 15 días, que sería tu caso.
Cuando es una Ley autoaplicativa (que con la sola entrada en vígor causa un perjuicio) son 30 días, pero a partir de la entrada en vigor.
Ojo con los términos, porque estos son fatales.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 242776
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Octubre de 2011 14:52 2011-10-21 14:52 desde IP: 189.159.52.198
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