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DESPUéS DE LA SENTENCIA DE DIVORCIO ¿QUé SIGUE?

  • Consulta : 128176
  • Autor : MARIBEL13
  • Publicado : Martes 18 de Octubre de 2011 16:55 desde la IP: 189.241.0.235
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,083
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  • Autor
    Consulta

  • MARIBEL13
    USUARIO REGISTRADO

    Espero puedan contestar a mi pregunta ¿qué sigue despues de la resolución de Divorcio?

    Por ejemplo: si el Juez resuelve la disolución del matrimonio, la guarda y custodia y, el regimen de visitas ¿hasta cuando puedo solicitar que cause ejecutoria el divorcio?, tengo entendido que la disolucion del matrimonio es una vez notificadas las partes, pero ¿aparte tengo que esperar mas días hasta que se promueva que cause ejecutoria el regimen de visitas y la guarda y custodia?.

    Porque ya me explicaron que en lo que se refiere a la pension que se me determinó dar a mi ex y mi hija, se determinó provisionalmente y al menos yo no pretendo comenzar incidente, pues estoy de acuerdo en lo detreminado por la juez pero, una vez notificada mi ex cónyuge, no se si quiera iniciar incidente,.

    Antes que todo a mi me interesa lo que se refiere al regimen de visitas, ya que hasta el día de hoy no he visto a mi hija y su madre (es decir mi ex) tampoco acudió a ninguna de las audiencias y no se en que disposicion esté para que vea a mi hija, tal y como lo determinó la juez.

    DE ANTEMANO GRACIAS POR LA ATENCIÓN PRESTADA Y LA RESPUESTA QUE DEN A LA PRESENTE.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 242419

  • lic. lazcano
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    buen dia, sr. usuario. referente a que menifiesta que ya existe la resolucion del juicio es decir la sentencia, si el sr. juez ordeno que se disuelve el vinculo matrimonial, usted tiene que solicitar el Sr. Juez que gire atento oficvio al C. director del registro civil ara que dicho director ordene que se borre del registro su matrimonio y se agan las anotaciones correspondientes, referente a los alimentos ya han quedado ordenados por el Sr. Juez, y referente a las visitas y convivencias si no quedaron asentadas en un acuerdo entre ambas partes o en la resolucion usted tiene que hacer valer su derecho via incidental para que el Sr. Juez apruebe las visitas y convivencias con su menor hija.

     

    que dando a sus ordenes

    A.T.T.E: Lic. en Derecho jose luis valencia

    tel: 46008797

    46134469



  • Autor
    Respuesta No: 242427

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Usted no ha perdido la patria potestad en ningún momento, así que las convivencias con su hija nadie se las puede negar.

    La sentencia de divorcio incausado causa ejecutoria por MInisterio de Ley; sin embargo, que para darle formalidad al asunto y que la madre de su hija no le ponga peros para convivir con su hija, solicite que se declare que la misma ha causado ejecutoria y solicite se le requiera a la madre de la menor permitir las visitas de conformidad con lo ordenado en la sentencia.

    Si su excónyuge no le permite ver a su hija, entonces promueve unos medios de apremio para que se dicten otras medidas como multa e incluso arresto para que se le permita tal convivencia con su hija.

    Saludos.



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