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OBLIGACIONES DE PENSION

  • Consulta : 127814
  • Autor : charxw_NR
  • Publicado : Jueves 13 de Octubre de 2011 22:49 desde la IP: 189.236.105.234
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,133
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  • Autor
    Consulta

  • charxw_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Me divorcié hace 12 años. Llegamos a acuerdo del 25% de pensión, por diversas razones no cumplí con mi obligación de ésta, solo cubrí parcialmente en forma eventual.  Mi hija tiene 25 años desde hace unos meses, terminó de estudiar y trabaja. 

    ¿ Que obligaciones tengo actualmente?

    ¿Pueden demandarme todavia?

    ¿Puedo ofrecerle un bien a cambio?

    ¿Aparte tengo la obligación de heredar?

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 241972

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    1... ya cumplio la mayoria de edad... ya temino  la carrera... ya trabaja... no le tienes que dar o compenasar con nada...

    2...que te demande y tu tendras que demostrar que  si le diste...

    3...obligaciòn de heredar?... que es eso...?... yo con mis cosas hago lo que yo quiero... si es mi deseo dejarle algo o darlo a  la caridad mientras este en vida... ella nada puede alegar... ni a favor,... ni encontra...  heredar no es una obligaciòn... es un beneficio en caso de wue te mueras...y no dejaras testamento... ella podrìa inciiarl el juicio sucesorio intstamentario sobre los bienes que tu hubieras dejado.... pero nada mas... no es una obligacion heredar...



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