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ORIENTACIóN PARA JUICIO SUCESIóN INTESTAMENTARIA
- Consulta : 126398
- Autor : calberto_NR
- Publicado : Miércoles 28 de Septiembre de 2011 08:46 desde la IP: 201.116.54.193
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,113
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 28 de Septiembre de 2011
Estado de Referencia: Campeche
Saludos a todos. Mi consulta es la siguiente: Somos una familia de dos hermanos, padre y madre. Mi papá falleció hace siete años. No hizo testamento. Mis padres se casaron por sociedad conyugal. En la casa que mi padre dejó viven mi hermana y mi madre. Desde hace algún tiempo, de comun acuerdo hemos decidido vender la casa, ya que ellas quieren cambiar de residencia. Mi hermana, mi madre y yo estamos en total acuerdo en que la casa se escriture a nombre de mi madre para que se pueda vender. La casa está ubicada en el municipio de Tlalnepantla, estado de México. ¿qué procede?
- ¿Debemos acudir con un notario o al juzgado civil más próximo?
- ¿Qué documentos debemos llevar?
- Este juicio ¿necesariamente debe llevarse a cabo en la localidad donde se encuentra la casa?
- ¿Podrían darme una idea del tiempo y costo aproximado que se llevaría este juicio?
- Yo radico en el estado de Campeche; entiendo que es probable que tenga que acudir personalmente a algunas diligencias. ¿Podría elaborar una carta poder o similar para que no tenga que acudir personalmente? Si esto no es posible ¿cuantas veces tendría que viajar para esos fines?
- Si a algún profesional le interesara en este caso, agradecería se sirviera indicarme de qué forma contactarlo para platicar más a detalle.
Gracias de antemano.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 240207
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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Septiembre de 2011 09:09 2011-09-28 09:09 desde IP: 148.233.178.77
Hola, te saludo desde Tabasco ..... por disposición de la ley, todo juicio sucesorio intestamentario puede iniciarse en el territorio donde se encuentren los bienes, o en su caso, donde haya fallecido el autor de la mortual (en este caso, tu padre), no obstante, siempre es preferible denunciar el sucesorio en el lugar donde están los bienes, pensando que en el futuro debe hacerse el avalúo, la partición y la adjudicación ..... me permitiré contestar de manera separada cada una de tus preguntas, para darte una mejor opinión respecto al caso que nos planteas:
- ¿Debemos acudir con un notario o al juzgado civil más próximo?
Antes que nada, deben acudir con un abogado, para que les formule el escrito de denuncia y se inicie el juicio sucesorio ante el Juez Familiar y/o Civil del lugar donde vayan a denunciarlo .... podrían ir con un defensor público, que no les cobrará honorarios, pero generalmente, como dichos profesionales tienen mucho trabajo y no perciben ingresos de los clientes, no le ponen "ganas" a los asuntos y en ocasiones hasta se olvidan de ellos .... mi recomendación sería que fuera con un abogado particular.
- ¿Qué documentos debemos llevar?
Eso estribará en las peticiones que les haga el abogado que les llevará el caso, pero de "cajón" como vulgarmente se dice, deben exhibir el acta de defunción del autor de la mortual, el acta de matrimonio de la cónyuge superstite, las actas de nacimiento de los hijos y los documentos que acrediten la propiedad de los bienes del autor, ya que muchas legislaciones piden que en la denuncia del sucesorio se realice una lista provisional de dichos bienes.
- Este juicio ¿necesariamente debe llevarse a cabo en la localidad donde se encuentra la casa?
Mi comentario inicial contesta a cabalidad esta pregunta.
- ¿Podrían darme una idea del tiempo y costo aproximado que se llevaría este juicio?
En cuanto a costos, ello dependerá del abogado que les ventile el juicio .....en cuanto a tiempo, debo aclararte que si todos los herederos están de acuerdo en repudiar la herencia y que su madre sea designada heredera universal de los bienes que integran la sucesión, después de la junta de herederos y nombramiento de albacea, el juicio puede seguirse ante un Notario, donde será un poco más rapido que ante el Juez, aunque el generará un costo, que en este caso serían los honorarios del Notario .... solo por darte un tiempo aproximado, echándole ganas, el juicio puede concluir en 6 meses.
- Yo radico en el estado de Campeche; entiendo que es probable que tenga que acudir personalmente a algunas diligencias. ¿Podría elaborar una carta poder o similar para que no tenga que acudir personalmente? Si esto no es posible ¿cuantas veces tendría que viajar para esos fines?
Como te dije en el comentario anterior, si todos los herederos están de acuerdo en repudiar la herencia y que su madre sea designada heredera universal de los bienes que integran la sucesión, solo tendrías que ir personalmente a la audiencia de junta de herederos y nombramiento de albacea, y después no tendrías que acudir nuevamente.
Espero que mis comentarios te sean útiles .... saludos cordiales.
LIC. EDGAR MÉZQUITA
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Autor
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AutorRespuesta No: 240219
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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Septiembre de 2011 10:10 2011-09-28 10:10 desde IP: 189.181.111.150
Estimado forista tu asunto no tiene problemas, pues si estan de acuerdo todos, entonces lo conveniente es inciar el juicio sucesorio intestamentario ya sea con un notario si la ley local de haya lo permite y si no irremediablemente sera en juzgados del lugar donde fallecio tu papa y la otra alternativa seria denunciar el juicio con un notario en el Estado de México que es donde se encuentra el bien inmueble ok, por una parte se puede iniciar en donde vives aunque el inmueble este aqui en Tlanepantla no hay problema pues el notario que lo haga tendra que mandar a personal para que tramite la documentación que requiere para otorgar la escritura de adjudicación, pero la otra obción seria que ustedes como sucesion otorguen un poder a un tercero de confianza o familiar que viva en la ciudad de México, para que tramite aqui la sucesión y entonces no se le generen gastos extras y asi sacar la operación sin tanto problema, pero eso es decision de ustedes, asi que cualquier cosa quedo a sus ordenes.
Atentamente
Lic. Victor Borgonio Rivera
Notaria 1 de Tula,Hgo.
Cel.5525000684
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Autor
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AutorRespuesta No: 240281
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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Septiembre de 2011 17:12 2011-09-28 17:12 desde IP: 201.116.54.193
Muchas gracias lic. Mézquita, con su orientación me queda más clara la situación.
Igualmente le agradezco el comentario lic. Borgonio Rivera.
Creo que lo que procede es buscar a un abogado particular en el DF o EdoMex para plantearle el asunto. Gracias de nuevo por su valiosa ayuda.
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Autor







