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QUE HACER

  • Consulta : 126397
  • Autor : norma_pererz36_NR
  • Publicado : Miércoles 28 de Septiembre de 2011 08:29 desde la IP: 187.199.208.33
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    Consulta

  • norma_pererz36_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guerrero

    tengo de casada 21 años por bienes mancomunados, tengo 2 hijos uno menor y otro mayor de edad, estudiando, mi esposo tiene una hija fuera del matrimonio de 13 años, y otra acaba de nacer con otra madre diferente, a la hija de 13 años, la ayuda economicamente y la reconocio con acta de nacimiento, pero la otra hija recien nacida tambien la reconocio legalmente aun teniendo duda de su paternidad, resulta que cuando andubo con la madre ella andaba con otra persona, y a el le pedia dinero, ella llego a inventar situaciones dificiles para pedirle dinero, asi que el se fue retirando a tal grado que ella solo lo buscaba para pedirle dinero, pero el nunca le pidio un recibo, incluso cuando ella dio a luz, le hablo y el la llevo a la clinica, le compro lo que necesitaba y espero a que su familia llegase, al llegar la madre lo corrio y le dijo que dejara a su hija en paz, que ella se encargaria de la madre y la criatura, pero a pesar de todo la madre de la criatura seguia buscandolo y pidiendole para gastos de alimentascion y guarderia, ella inicio una demanda en abril de este año, alegaba concubinato y pension alimenticia, el concubinato se lo echaron abajo, pero detubieron a mi esposo y lo llevaron a la carcel en agosto,  lo triste es que 15 dias antes el le habia dado dinero para la guarderia o sea que ya habia iniciado la demanda y le hiba a pedir dinero junto, de hinicio al el estar encarcelalo, llega ella pidiendo $20,000.00 para otorgar el perdon, sin que la juez dictaminara la cantidad, ella presento algunas notas con nombre de ella y algunos gastos sin nombre, cosa que el ministerio publico, le dio validez haciendo una cuenta de $12,500.00, la juez dictamina $15,000.00, yo le ofresco a esta persona $7,000.00 o deposito los $15,000.00, dijo no, que se quede en la carcel, viendo esto me voy a depositar, como a los 15 minutos me habla el abogado, vengase hacepto $9,000.00, y le otorga el perdon, me hace un recibo de propia mano, y le entrego el dinero y otorga el perdon hasta 14 de septiembre de este año, al salir mi esposo de la carcel, le manda mail y mensaje para tener pruebas que le mandara el numero de cuenta para depositarle la pension alimenticia cosa que en las 3 veces que se hiso lo mismo ella no hiso caso, prepare todaS las actas certificadas, para presentarla al jusgado familiar, y deposito a la cuenta del jusgado, a otro dia llega una peticion del jusgado para la pencion alimenticia, mi pregunta es:

    tiene 1 hija fuera del matrimonio mama diferente

    vive conmigo y mis 2 hijos

    pero  1 es mallor de edad, sin embargo sigue estudiando y depende de mi, 

    tiene esta actual hija fuera del matrimonio otra mama

    y sus gastos de el personales

    ella le pide el 40% de su salario, que puedo hacer yo con un hijo menor de edad,debo de demandar por ese hijo, por mi que no trabajo, y por mi hijo mayor de edad, caso que serian 3 demandas

    asi que estariamos hablando de cuantas repàrticiones debe de divivirse, aparte la mujer trabaja y estudia, todo el dia no esta con la niña, la madre de ella trabaja, la hermana trabaja, y tiene un hermano, que es bipolar, que esta en su casa y que pensandolo bien hasta la pequeña esta en peligro de sus reacciones, mi esposo quiere prueba de que es su hija,ADN, pero sale muy caro y apenas estoy pagando el dinero que consegui para sacarlo de la carcel, tambien quiere reclamar la PATRIA POTESTAD, algun dia esa mujer se casara y le dara un padrastro a la pequeña y quien sabe que pase.ademas tengo miedo que por el echo de estar casados por bienes mancomundos ella me quiera quitar la parte proporcional del terreno que compramos juntos mi esposo y yo  yo lo compre en 1990 y me case en 1991 pero las escrituras se promovieron en el año 1996. este bien entra en cuantificacion.

     

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    Respuesta No: 240212

  • Calva Triste
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Si, demande.

    Y que el promueva una reducción de la pensión e inicie un juicio de desconocimiento de paterniadad.

    DESCONOCIMIENTO DE LA PATERNIDAD, ACCIÓN. PUEDE INTENTARSE POR TODO VARÓN QUE ESTIME NO SER EL PADRE BIOLÓGICO DE UN HIJO NACIDO DENTRO O FUERA DE MATRIMONIO.Si bien es cierto que el artículo 330 del Código Civil para el Distrito Federal, que dispone que "En todos los casos en que el cónyuge varón impugne la paternidad, debe deducir la acción dentro de sesenta días contados desde que tuvo conocimiento del nacimiento.", tal precepto se encuentra dentro del título "De la filiación", referido a hijos procreados dentro del matrimonio y nacidos dentro de los trescientos días siguientes a la disolución del mismo (artículo 324 del Código Civil para el Distrito Federal); también lo es, que la intención del legislador en la reforma al citado artículo de fecha veinticinco de mayo de dos mil, quiso eliminar esa distinción, para establecer una igualdad de derechos de filiación entre los hijos nacidos dentro de matrimonio, como los nacidos fuera de él, como ocurriría en tratándose de un concubinato; tan es así, que se adicionó el artículo 338 Bis, en el que se estipuló que "La ley no establece distinción alguna entre los derechos derivados de la filiación, cualquiera que sea su origen.". En consecuencia, es indudable que la acción de desconocimiento de la paternidad, es susceptible que sea intentada por todo varón (cónyuge o concubino) que estime no ser el padre biológico de un hijo a efecto de destruir la presunción de hijo nacido dentro del concubinato o dentro de los trescientos días siguientes al en que cesó dicha relación (artículo 383 del Código Civil para el Distrito Federal). Incluso, dicha acción, puede ser intentada por aquel varón que registró a un menor como su hijo, pese a no haber vivido en matrimonio o concubinato con la madre, pues como se mencionó, el legislador quiso eliminar la distinción entre hijos nacidos dentro y fuera de matrimonio, estableciendo igualdad en los derechos de filiación.

    DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo directo 277/2007. 18 de mayo de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo viuda de Magaña Cárdenas. Secretario: Lucio Leyva Nava.

    Además, puede mandarlo esterilizar, y póngale un collar con una placa el nombre de la dueña, su domicilio y teléfomo, para que se lo devuelvan cada vez que lo usen. (al pseudo semental ese con que está casada).



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