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SUCESION TESTAMENTARIA

  • Consulta : 126149
  • Autor : Fherr
  • Publicado : Lunes 26 de Septiembre de 2011 10:30 desde la IP: 201.102.65.77
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,115
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  • Autor
    Consulta

  • Fherr
    USUARIO REGISTRADO

    Si en un matrimonio que ya realizo su testamento, estando casados por bienes mancomunados, al morir uno de ellos, se puede disponer del 50% de la persona fallecida, o se tiene que esperar a que muera el otro para disponer del bien en su totalidad, en este caso una casa, si es que uno de los herederos reclama su parte antes de que muera el otro conyugue.
     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 239936

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si el heredero es una persona distinta al cónyuge supérstite, tiene que denunciar la sucesión testamentaria para validar el testamento.

    Una vez que se declare heredero y albacea y/o se adjudique a su favor la herencia, si es un bien indiviso, serán copropietarios del mismo y si alguno pretende dividir la cosa común, entonces se hará una venta judicial del inmueble (a través precisamente del ejercicio de la acción de división de cosa común), donde el otro copropietario tiene preferencia sobre dicha venta, pero en caso de no tener para comprar o no querer comprar, una vez consumada dicha compraventa, se le pagará al otro copropietario el porcentaje que le corresponda de dicho inmueble.

    No se si me di a entender correctamente, pero si te quedan dudas al respecto, sigo a tus órdenes para darle seguimiento a éstas.

    Saludos.



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