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APOYO PARA SOLUCIONAR UNA DISPOSICION DE DINERO

  • Consulta : 126039
  • Autor : edgarprieto78_NR
  • Publicado : Sábado 24 de Septiembre de 2011 12:00 desde la IP: 189.187.94.139
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,113
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  • Autor
    Consulta

  • edgarprieto78_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    Hola que tal, que es lo que puedo hacer con un caso.. en el 2008 recibi por parte de una persona que murio, y que era solo amigo, como herencia un deposito a mi cuenta por una fuerte cantidad, el banco detuvo el deposito por suponer que era lavado de dinero y poco despues la esposa de dicha persona se entero del deposito que se habia realizado a mi cuenta y decide entablar una demanda, para que se le haga la devolucion del dinero.

    he llevado el caso con un abogado y a la fecha no me ha resulto nada, yo por mi parte consegui la ficha de deposito en donde consta que el sr. realizo el deposito. y se sabe que esta persona tenia lo todos los recursos y disponia de ese dinero, para estar seguro de que me lo queria depositar. y claro que jamas dejo desamparada a su familia ya que dejo muchas propiedades y dinero para ellos... (el realizo el deposito por agradecimiento a las atenciones que tuve con el cuando ya estaba muriendo y yo cuide de su enfermedad sin saber que es lo que el tenia pensado hacer.)

    Mi abogado por su parte me argumenta el banco solo me quiere lliberar los intereses generados por el deposito y que siga el caso.. yo siento que el abogado quiere sacar ventaja de esto y no solo cobrar sus honorarios pactados si no que quedarse con una fuerte cantidad...

    Quisiera saber porque el banco no me libera el deposito si yo le estoy presentando las pruebas con una copia de la ficha de deposito (una copia) .. 

     

    Me pueden apoyar con esta informacion...

     

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  • Autor
    Respuesta No: 239750

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    La redacción de su caso es imprecisa y confusa, es necesario algunas aclaraciones para que los especialistas de este foro puedan valorarla y brindarle apoyo, empecemos:

    1. “…recibí por parte de una persona que murió, y que era solo amigo, como herencia un deposito a mi cuenta…” las herencias no se dan y reciben en vida de el deja la herencia, en todo caso usted recibió un regalo, pago de servicios, donación de dinero, etc. pero no herencia.
    2. “…el banco detuvo el deposito por suponer que era lavado de dinero…” el banco no detiene por mutuo propio los recursos, la Institución siguió procedimientos y efectuó el aviso correspondiente a la SHCP y/o a la PGR, son cualquiera de estas dos Instancias las que ejercen bloqueo sobre su cuenta bancaria.
    3. “…la esposa de dicha persona se entero del deposito que se había realizado a mi cuenta y decide entablar una demanda, para que se le haga la devolución del dinero…” que tipo de demanda interpusieron contra usted y de que lo están acusando?
    4. “…el realizo el deposito por agradecimiento a las atenciones que tuve con el cuando ya estaba muriendo…” ya se estaba muriendo y se levanto de su cama para ir al banco a efectuarle un depósito de una fuerte cantidad? (según sus propias palabras)
    5. “…yo cuide de su enfermedad sin saber que es lo que el tenia pensado hacer…” Entonces como se enteró del depósito?
    6. “…yo le estoy presentando las pruebas con una copia de la ficha de deposito…” Como obtuvo usted esa copia del depósito?

    Sobre el concepto expresado sobre su abogado no me pronunciaré, si cree usted que el abogado no es honesto, entonces despídalo, liquide sus servicios, déle las gracias y contrate otro que le brinde más confianza.



  • Autor
    Respuesta No: 239768

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguido Consultante

    En cuestión de embargo de cuentas bancarias, por parte de una institución financiera es importante señalar que  el banco, aunque es una institución de crédito, con concesión federal para operar en materia bancaria, en sus operaciones no tiene el carácter de autoridad, ni siquiera el de auxiliar de alguna autoridad, y de conformidad con las disposiciones del Código Civil, supletorio del de Comercio, los depósitos deben considerarse como un contrato de mutuo con interés, por lo tanto lo viable es demandar al Banco la entrega del depósito y los daños y perjuicios que le ocasiono la retención del depósito.

    No escapa de mi inteligencia que las áreas de seguridad del Banco, siempre congelan los recursos sin dar parte al SAT, ni a las PGR.  Y en todo caso ante la Procuraduría Fiscal puede comprobar que el recurso es lícito.

     

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

     

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic José Juan Aguilera

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx

     

     



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