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ME DESPIDIERON Y ESTOY EMBARAZADA PUEDO PAGAR MI SEGURO VOLUNTARIO?
- Consulta : 125665
- Autor : almendra7_NR
- Publicado : Miércoles 21 de Septiembre de 2011 01:59 desde la IP: 187.195.91.1
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,129
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 21 de Septiembre de 2011
Estado de Referencia: Distrito Federal
hola , espero que alguien pueda sacarme de la duda , hace dos meses me despidieron de mi trabajo y hace un mes me di cuenta que estaba embarazada y no se que voy ha hacer . quisiera saber si puedo pagar mi seguro voluntario o ya no es posible porque estoy embarazada, encontre otro trabajo pero no me han dado seguro y en cuanto se den cuenta que estoy embarazada de seguro me van a correr.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 239356
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Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Septiembre de 2011 09:02 2011-09-21 09:02 desde IP: 187.176.149.202
Hola almendra buenos días
Felicidades por ese bb..!!
No necesita afiliarse de manera voluntaria ni pagar ninguna cuota adicional siempre y cuando aún esté en su período de conservación de derechos.
Le voy a orientar pero necesita atenderlo de inmediato pues al parecer y según su dicho está a punto de quedar fuera, si es que no ya lo está.
Vea:
Conforme al artículo 109 de la LSS vigente el asegurado que quede privado de trabajo remunerado, pero que haya cubierto inmediatamente antes de tal privación un mínimo de ocho cotizaciones semanales ininterrumpidas, conservará durante las ocho semanas posteriores a la desocupación, el derecho a recibir, exclusivamente la asistencia médica y de maternidad que sea necesaria
Aunado a esto el acuerdo 196/2005 aprobado por el H Consejo Técnico del IMSS el 25 de mayo de 2005, en su término UNICO inciso B) establece que la asegurada a quien el Instituto dentro de las 8 semanas posteriores a su baja le certifique que está embarazada tendrá derecho durante el embarazo, el parto, el puerperio y la lactancia a las prestaciones en especie que consigna la Ley del Seguro Social para el caso de maternidad aún y cuando dichas etapas concluyan fuera del período previsto para la conservación de derechos que ya le señalé en el rojo anterior
Para ello requiere:
a) Verificar si aún no ha rebasado las ocho semanas (aprox 2 mese) después de su baja
b) De estar dentro de las ocho semanas acudir de inmediato a su clínica para que le certifiquen el embarazo
c) Sujetarse a las prescripciones señaladas por el médico
Ojo: Sólo tendrá derecho a las prestaciones en especie, en dinero no haya nada ok?
Esto es con total independencia a lo que Ud podría hacer, si es que lo requiere, para denunciar a ese patrón con el que actualmente labora y que no la ha afiliado. Le recuerdo que estas denuncias son completamente anónimas y no habría manera de recibir represalias
Espero haberla ayudado
PD. La continuación voluntaria que desea pagar no le da derecho a la atención médica por maternidad, hay otras opciones.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 239358
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Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Septiembre de 2011 09:21 2011-09-21 09:21 desde IP: 189.148.119.34
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Autor
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AutorRespuesta No: 239401
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Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Septiembre de 2011 13:13 2011-09-21 13:13 desde IP: 187.176.149.202
Maximo
Gracias por tu comentario, es halagador.
He leído algunos tuyos y en lo personal me parecen bastante acertados, eres de los pocos que son grandes en esta comunidad.
Desde luego que sabes responder de manera clara, precisa y educada y además sabes entrarle al cotorreo.
Un saludazo.
PD. Gracias también a los que, ya en plano profesional, les sirve mi respuesta y así lo marcan.
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Autor





