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RECUPERACION FONDO INFONAVIT

  • Consulta : 124455
  • Autor : generalito
  • Publicado : Viernes 02 de Septiembre de 2011 15:14 desde la IP: 189.193.2.161
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,115
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  • Autor
    Consulta

  • generalito
    USUARIO REGISTRADO

    pregunta que puedo hacer el 18 de agosto del 2010 me otorgaron mi pension y me habia informado un abogado que para recuperar las aportaciones de infonavit tenia 15 dias habiles posteriores a la firma de eleccion de regimen para reclamar esto confie en este abogado y le entregue copias de la eleccion 73 y estado de cuenta afore y se metio la demanda el 20 de agosto del 2010 esta persona me aseguro que en un tiempo maximo de 9 meses me regresaban esta aportacion pero resulta que hasta hoy 2/09/2011 no  a pasado nada le pregunto a este abogado que pasa y me da muchas respuestas ilogicas no se que hacer esperar mas tiempo o pedir numero de demanda y buscar otro abogado ya que otros compañeros de trabajo  que metieron su demanda en la misma fecha logico con diferente abogado ya recibieron esta aportacion  les suplico a los diferentes abogados de este foro su apreciable orientacion de antemano les agradesco su valiosa ayuda

     

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  • Autor
    Respuesta No: 239108

  • generalito
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    les suplico a los abogados de este foro me regalen una respuesta a mi pregunta estoy desorientado y por si fuera poco necesito este dinero para pagar una deuda que se vencio el plazo en agosto...o si por etica no me pueden dar la respuesta diganlo yo lo comprendere y no me molestare con nadie de este foro ya que no tienen la obligacion de contestar



  • Autor
    Respuesta No: 239118

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Consultante, con que actualice su consulta o señale que aún no se le ha dado respuesta es más que suficiente.

    No es necesario hacer señalamientos, toda vez que las consultas van avanzando conforme van llegando otras o se va dando contestación a dichas consultas, razón por la cual se van rezagando y puede ser ese su caso.

    En relación a su respuesta le comento:

    Todos los juicios son diferentes, en el sentido de que aunque se reclamen las mismas prestaciones y se interpongan contra la misma autoridad, patrón o persona física o moral, a veces por suerte, unas salen más rapidas que otras.

    Cuáles pueden ser las causas? Los proyectistas pueden tener una pila de expedientes para resolver y el suyo pudo haberse quedado rezagado, como en el caso de la presente consulta.

    No es mala fe, ni mucho menos, sino suerte o incluso (sin saber exactamente que haya pasado) pudo haber desatención del abogado, en el sentido de no ir a verificar que situación pasa con ese expediente que se ha atrasado.

    Lo malo de su abogado fue haberle señalado un plazo para la resolución de su asunto, pues en ocasiones no depende del abogado, sino como le comento, de situaciones externas que retrasan dicho asunto.

    Como no refiere las respuestas ilógicas que dice le argumentó su abogado, no podría decirle si son lógicas o no.

    Lo importante es que tenga paciencia y si es su gusto cambiar de abogado adelante; sin embargo, recuerde si firmó algún contrato de prestación de servicios, éste no puede invalidarse porque usted considere que ya tardó demasiado en salir su asunto.

    Saludos y suerte!!!



  • Autor
    Respuesta No: 239124

  • vcaspe
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Generalito

     

    El proceso no es tan tardado, aún y cuando la autoridad sea distinta.

    Te comento

    En función a si ejerciste un crédito o no, el ahorro acumulado en la sub cuenta de vivienda se componen los fondos aportados en tres distintas épocas:

    a) Los recursos aportados entre 1972 y 1992

    b) Los recursos aportados entre 1992 y el segundo bimestre de 1997

    c) Los recursos aportados a partir del 3er bimestre de 1997 hasta el momento del retiro

     

    Los de mi primer inciso los puedes solicitar a partir de los 50 años siempre y cuando hayas estado desempleado un año por lo menos. Basta con que se los solicites directamente y demuestres tu edad y desempleo. También los puedes recuperar si ya cuentas con una resolución de pensión y para ello bastará con que llames a INFONATEL y les comentes que ya tienes pensión, en este caso no requerirás ningún documento adicional. El tiempo para este trámite es de diez días hábiles, no más.

    Lo malo de esto es que en ese fondo no hay mucho dinero, tengo clientes que solo tenian entre trescientos y novecientos pesos.

    Los de mi segundo inciso los devuelve INFONAVIT en caso que cuentes con 65 años o más aunque no tengas resolución de pensión; o como en tu caso que si la tienes es suficiente con que acudas a tu AFORE y presentes cierta documentación para que te hagan el depósito

    El gran problema es el recurso que comento en mi tercer inciso, de julio de 97 a la fecha de pensión. Este saldo se lo agandalló - al menos eso pretendió hacer - el INFONAVIT y salió con el cuento que no podía devolverlo porque se sumaba al monto de pensión. Pero no te preocupes, la corte ha resuelto que nanay, que no es po ai, y que por lo tanto deberá devolverlo, para lo cual tendrás que ampararte y una vez resuelto entonces en un plazo no mayor de diez días hábiles deberás tener tu lana en el banco

     

    ¿Te explicó todo esto tu abogado? ¿Ya cobraste algo de tu ahorro de vivienda?

    Si requieres una atención más personalizada estoy a tus órdenes



  • Autor
    Respuesta No: 239417

  • generalito
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    muchas gracias por sus respuestas me voy a esperar otro poco y como dicen paciencia la voy a tener



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