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FALSIFICACION ENDOSO EN PROPIEDAD DE PAGARE
- Consulta : 124415
- Autor : roger_rdzguevara_NR
- Publicado : Viernes 02 de Septiembre de 2011 02:14 desde la IP: 201.173.242.42
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,152
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 02 de Septiembre de 2011
Estado de Referencia: Aguascalientes
me estan cobrando un pagare endosado en propiedad a nombre de Juana Maria Periz Torres mas sin embargo yo se lo firme a Juana Maria Perez Torres
o sea Perez no Periz el abogado falsifico o me jor dicho cambio esa letra y creo una firma falsa a ese nombre, se lo endoso en propiedad a su nombre, hable con la Sra Juana Ma Perez y me dice que ella nunca le firmo en propiedad ni en ningun caso el pagare a esa persona que dolosamente esta haciendo uso de ese pagare
Cabe señalar que he busado el apellido periz y no existe mas que en españa mas no asi no es comun en Mexico
que puedo hacer en esta caso tengo una copia de la credencial que me facilito la Sra Perez y no se parece en nada a la que esta en el pagare
que puedo hacer en este caso?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 237719
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Fecha de respuesta: Viernes 02 de Septiembre de 2011 12:28 2011-09-02 12:28 desde IP: 189.152.197.82
A reserva de analizar el pagare, podrias excepcionarte indicando que realmente es a la Sra. Perez la beneficiaria y en su caso manifestar que no se transmitio en propiedad el endoso y otras excepciones que del asunto en concreto se desprendan.-
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Autor
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AutorRespuesta No: 237720
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Fecha de respuesta: Viernes 02 de Septiembre de 2011 12:43 2011-09-02 12:43 desde IP: 189.221.218.169
Algunos abogados le piden a sus clientes que solo firmen atras del documento y luego ellos llenan el endoso en "propiedad" y no para "cobro", sin embargo, si la señora te esta diciendo que ella no le firmó nada, a reserva de analizarlo, someramente te puedo comentar, que independientemente de lo que te han recomendado, que puedes acudir con una copia certificada del expediente al ministerio publico e iniciar una demanda por uso de documento falso, ahi harán las periciales correspondientes y restarle valor probatorio al pagaré.
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Autor
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AutorRespuesta No: 237799
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Fecha de respuesta: Viernes 02 de Septiembre de 2011 20:20 2011-09-02 20:20 desde IP: 148.240.80.34
En respuesta a su consulta, le informo.
Con el debido respeto, difiero de la opinión externada por el Licenciado Apolinar Constante (tuasesorlegal.mty), ya que no puede ustedoponer como excepción al actor, la falsedad dela firma del endosante de quien adquirió el título de crédito por el cualse le demanda.
Lo anterior, tiene sustento legal en lo que dispone el artículo 39, de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, que señala que el que paga una cambial, no está obligado a cerciorarse de la autenticidad de los endosos, ni tiene la facultad de exigir que ésta se le compruebe, pero sí debe verificar la identidad de la persona que presente el título como último tenedor, y la continuidad de los endosos.
Por otra parte, en forma expresa el numeral 12, de la Ley Cambiaria en comento, claramente establece que la incapacidad de alguno de los signatarios; el hecho que en el documento aparezcan firmas falsas o de personas imaginarias, o la circunstancia de que por cualquier motivo el título de crédito no obligue a alguno de los firmantes, o a las personas que aparezcan como tales, no invalidan las obligaciones derivadas deltítulo mismo, en contra de las demás personas que lo suscribieron.
En consecuencia, la circunstancia que la firma que consta en el endoso en propiedad, en virtud del cual le fue transmitido el documento a su demandante, no priva a éste del derecho de haber ejercitado la acción cambiaria directa en contra suya, ni lo exime a usted de pagar el importe del título y sus anexidades legales, con mayor razón, cuando implícitamente usted reconoce haber firmado el documento.
De igual forma, tampoco comparto lo opinado por el forista Osorioleo ya que, en todo caso, la persona que se encuentra legitimada para comparecer ante el agente del Ministerio Público a presentar la denuncia relativa a la falsificación de su firma (y, en todo caso, el robo del título de crédito), por ser precisamente la parte ofendida, es Juana María Pérez Torres, o Juana María Perriz Torres, como quiera que realmente se llame.
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