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CALCULO DE LIQUIDACION

  • Consulta : 124103
  • Autor : mcalderonr
  • Publicado : Martes 30 de Agosto de 2011 10:07 desde la IP: 201.102.24.20
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,116
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  • Autor
    Consulta

  • mcalderonr
    USUARIO REGISTRADO

    Hola buen dia

     

    Solo quiero apoyo en el calculo de mi liquidacion, mi suledo era de 6700 mensual, estuve trabajando 10 meses 29 dias, les agradeceria mucho que me ayuden, ya que la empresa solo quiere darme 6000, y ellos son los que me esta despidiendo.

     

    Gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 237352

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su cnsulta, le informo.

    Si usrted fue objeto de un despido injustificado, tiene derecho al paglo de las siguientes prestaciones:

    Tres meses de salario diario integrado, por concepto de indemnización constitucional; prima de antigüedad, consistente en doce días de salario por cada año de servicios prestados, o parte proporcional (en su caso, once días), la que se paga con un salario máximo equivalente a dos veces el salario mínimo del área geográfica en que se ubique el centro de trabajo; vacaciones y prima vacacional proporcionales al tiempo laborado (5.5 días de vacaciones y el veinticinco por ciento del salario de esos días, como prima vacacional); aguinaldo proporcional al tiempo laborado en dos mil once (diez días), y si no le pagaron los cuatro meses trabajados en el dos mil diez (seis días), debe reclamarlos también, sueldos y prestaciones devengados que no le hayan pagado al momento del despido y salarios caídos, desde la fecha en que fue despedida, hasta el día que el patrón de cumplimiento al laudo que lo condene a pagarlos.

    Hágase asistir de un abogado especialista en derecho laboral, a fin de que inicie de inmediato los trámites necesarios para presentar la demanda, ya que debe hacerlo antes de que transcurran dos meses a partir del despido.

    Como recomendación, no firme ningún documento al patrón, ni recibos, ni finiquito, ni liquidación, ni renuncia, convenio o cualquier otro del que pueda valerse para aducir que no la despidió, sino que usted fue quien renunció voluntariamente al trabajo.



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