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PROFESOR
- Consulta : 122659
- Autor : lourdes_19abril_NR
- Publicado : Viernes 12 de Agosto de 2011 23:49 desde la IP: 201.166.121.240
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,111
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 12 de Agosto de 2011
Estado de Referencia: Baja California
Tengo dos trabajos uno es como profesor en una escuela publica, cada inicio de clases tenemos cursos de las 8:am a las 2pm de la tarde, Mi segundo trabajo es en una escuela privada, empiezo a trabajar a las 11am, asi que a las 10:30 me retiro de los cursos, cada inicio de clases, es un calvario por la amenzas por que me voy a mi otro empleo, y pues no me dan permiso en la escuela privada, lo que yo hago es cubrir mis horas por las que fui contratada y me pagan en la escuela publica. mi pregunta es, si existe alguna ley laboral o derecho del trabajador con el que pueda yo defender mi derecho a cumplir unicamente con las horas que me pagan, y asi mantener mis dos empleos, como todos vivo de mi trabajo, y necesito los dos empleos...gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 235340
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Fecha de respuesta: Sábado 13 de Agosto de 2011 12:57 2011-08-13 12:57 desde IP: 189.180.68.158
A reserva de conocer su contrato colectivo o condiciones generales de trabajo, la carga académica que se le asigna en la Escuela Pública, se la pueden dar dentro del horario o turno de labores de la escuela, esto es, si el horario matutino es de 7:00 a 15:00 hrs., dentro de dicho horario está usted sujeto a cumplir con sus obligaciones para con su patrón, independientemente que sólo le pague X número de horas.
El hecho de que usted tenga otro trabajo no significa que el patrón (Estado) se tenga que adecuar a su otro empleo, puesto que debe existir un horario de trabajo, dentro del cual usted se encuentra obligado a prestar sus servicios.
Tan es así dicha obligación, que por eso se le asignan cursos de 8:00 a 14:00 hrs. porque los mismos se encuentran dentro de su horario de trabajo.
Es claro que ha sido beneficiado al otorgarsele su carga académica en las primeras horas de trabajo y por ello consiguió otro empleo, pero ello no lo exime de cumplir con las obligaciones adicionales como profesor.
Lea bien sus condiciones generales de trabajo y seguramente está estipulado lo que le comento.
Si no le conviene el trabajo en el servicio público, dele la oportunidad a alguien que si quiera trabajar o adecúe su otro empleo al horario en el que realmente pueda prestar sus servicios.
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