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CITATORIO ANTE LA AGENCIA SEGUNDA INVESTIGADORA DEL M.P.F. SUBDELAGACION DE PROCEDIMIENTOS PENALES "A"

  • Consulta : 122618
  • Autor : Adi2011
  • Publicado : Viernes 12 de Agosto de 2011 13:31 desde la IP: 201.151.164.29
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,133
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  • Autor
    Consulta

  • Adi2011
    USUARIO REGISTRADO

    Buenas tardes, les pido por favor si me pueden ayudar llego un citatorio a la empresa donde trabajo, trae sello de la PGR, el numero de oficio, expediente y esta dirigido asi:

    CC Dueño de la empresa

    Mi nombre

    Direccion de la empresa.

    Y dice que con fundamento legal en art. 21 y 102 apartado "A"  de la constitución:123,125,127 bis 180 y demas relativos y aplicables al Codigo Federal de procedimientos penales le agradecedere que comparezcan debidamente identificados a el dia y la hora a cada uno, para llevar una diligencia de carecter ministerial y que consiste en tomar una declaración respecto a los hechos que se investigan y llevar a cabo la ratificacion de diversas actas de notificacion.

    Firma la agente del ministerio publico de la federacion

    Mis preguntas son ¿debo de acudir a la cita con un abogado?  ¿ porque me citan y ponen el domicilio de la empresa? ¿ esto puede ser por parte del Sat u otra dependencia del gobierno?

    Estoy citada  en tres dias por favor ayudenme.

     

     

     

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 235240

  • fyc-aogados
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Generalmente los oficios o citatorios por la everiguacion de delitos dirigidos a persona determinada, cuando se tratan de probables responsables, indican dentro de su contenido la expresion "debera acudir con identificación oficial y asistido de abogado o persona de confianza", mientras que el resto de oficios solo son requerimientos a ratificar denuncias o para presentarse como testigos. en este caso en particular,  y si realmente es todo lo que indica el citatorio, solo se trata de una comparecencia como testigo.

    Mas sin embargo, llegare a tener alguna duda por algo que sabe se ha realizado mal, se le sugiere acuda con abogado a dicha comparecencia para saber de que se trata.

    Esperamos le haya servido

    Estamos a sus ordenes



  • Autor
    Respuesta No: 235429

  • Adi2011
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Le agradezco su respuesgta que da tranquilidad, es bueno saber que  todavia hay personas dispuestas a ayudar.



  • Autor
    Respuesta No: 235474

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Adi2011:

    El citatorio es ilegal desde el momento mismo que omite señalar que usted puede estar asistida por un abogado, pues este derecho lo tienen no solamente los probables responsables en los procedimientos penales federales, sino que también es un derecho de los testigos conforme lo establece el artículo 127 - Bis del Código Federal de Procedimientos Penales, motivo por el cual le aconsejo que usted se haga acompañar de un abogado penalista de su confianza aunque esta medida sea nada más para que usted tenga mayor seguridad acerca de y durante la diligencia..



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