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SE DEBE PRESENTAR MI HERMANA ANTE EL MP CUANDO FUE REQUERIDA EL 15 DE JULIO?
- Consulta : 122571
- Autor : caralbareda2_NR
- Publicado : Jueves 11 de Agosto de 2011 19:49 desde la IP: 189.182.109.149
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,113
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 11 de Agosto de 2011
Estado de Referencia: Distrito Federal
Mi hermana tuvo un pleito con una paciente del consultorio frente a su casa, ya que le solicitó moviera su auto al estorbarla su entrada de auto y ésta se molestó y la agredió con su bolsa y mi hermana le pegó a ella y su auto con unas llaves. La paciente (una señora) se quejó ante el MP de la GAM, y le llegó un citatorio que dice que a los "habitantes de la casa no. de la calle...." se le solicita a comparecer por daños en propiedad ajena y lesiones a dicha señora. Mi hermana no se presentó el 15 de julio, no la mencionan en el citatorio solo dicen "los habitantes", le recomendaron que fuera al MP a aclarar la situación antes que llegue un 2o. citatorio, ¿Què le conviene hacer?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 235456
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Fecha de respuesta: Lunes 15 de Agosto de 2011 03:39 2011-08-15 03:39 desde IP: 187.168.18.90
BUEN DIA.
BUENO OBVIAMENTE, LA QUIEREN IMPLICAR EN EL DELITO QUE EN VERDAD COMETIO, SIN EMBARGO, SI SEPRESENTA TENDRÁ QUE RESPONDER DE LOS DAÑOS Y DE LAS LESIONES Y DEPENDIENDO DEL TIPO DE DAÑOS QUE LE HAYAN CAUSADO AL VEHÍCULO Y DE COMO SE CLASIFICQUEN LAS LESIONES ES LA PENA Y/O REPARACIÓN DEL DAÑO QUE TENDRÁ QUE PAGAR.
AUNQUE POR CUALQUIER COSA, PUEDE ACUDIR AMPARADA, PARA SU TRANQUILIDAD Y PREVENIR ASÍ UNA ARBITRARIEDAD, SIN EMBARGO, SI NO SE PRESENTA PUEDEN LOS JUDICIALES IR A BUSCARLA YA QUE ESTA PERSONA A DE VER DADO LAS SEÑAS PARTICULARES DE TU HERMANA, CON ESTOS DATOS LA PUEDEN IDENTIFICAR.
ESPERO TE AYUDE EN ALGO MI OPINIÓN.
ATENTAMENTE
LIC. ISRAEL JUÁREZ.
E-MAIL: tessa-consultores-juridicos
TEL. OFIC.: 55 91 10 43
CEL: 044 55 28 62 68 46
Bruselas 13, Col. Juárez, Del. Cuauhtémoc, D.F. antre Liverpool y Versalles a 2 Cuadras del Metro Cuauhtémco y 1 Cuadra del Museo de Cera.
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Autor
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AutorRespuesta No: 235472
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Fecha de respuesta: Lunes 15 de Agosto de 2011 09:09 2011-08-15 09:09 desde IP: 189.178.228.189
caralbareda2:
Haga caso omiso de respuestas como la del forista 098nairda que me precedió con su contestación que, en primer lugar, es una ofensa por estar escrita exclusivamente con letras mayúsculas, que ciertamente en Internet es toda una falta de educación y de cortesía ya que eso equivale a gritarle a un interlocutor (Reglas de Cortesía de Internet inclusive visibles en link de estos foros), además de que su respuesta refleja falta de conocimientos y de experiencia en el derecho penal.
En efecto, usted menciona que el citatorio está dirigido a "...los habitantes de la casa no. de la calle..." fraseología que es más propia del Juzgado Cívico que del agente del Ministerio Público, pero suponiendo que el citatorio efectivamente haya sido remitido por el agente del Ministerio Público, dicho citatorio es totalmente ilegal y completamente fuera de lugar, cuenta habida que cualquier abogado con una mínima experiencia en estos asuntos le podrá decir a usted que cuando se desconoce el nombre de la persona señalada como probable responsable, así se asienta en el acta respectiva y el agente del Ministerio Público gira orden para que la policía ministerial investigue el nombre o nombres de las personas que a futuro deban ser citadas.
A lo anterior se agrega que la falta de mención del nombre de la persona a citar y que en su lugar se hable en plural de "habitantes de la casa", es señal de que la supuesta denunciante solamente tiene la intención de que la hermana de usted comparezca para hacerla pasar un mal rato, pues si ella es paciente de la hermana de usted es incuestionable que está en posibilidad de conocer su nombre o por lo menos de heber mencionado que es profesional de la medicina, lo que necesariamente obliga a reducir las posibilidades de las personas a citar.
Así las cosas, cabe la posibilidad de un segundo y hasta un tercer citatorio, pero le puedo asegurar que el número de la averiguación previa comienza con las letras "AE", segidas de /GAM...etc..., que caracterizan a las actas de "Acta Especial" y que son propias de un intento de conciliación que en la práctica se traduce en el pago de una indemnización que en el caso de su hermana será una extorsión, pero que ninguna consecuencia tendrá la ausencia de la citada, excepto que la señora pueda iniciar una averiguación previa que será archivada por falta de pruebas, así que le recomiendo que espere los acontecimientos, aunque ya es muy significativo que el citatorio fue para el 15 de julio y desde esa fecha nada ha pasado, lo que significa que ya nada pasará, pues ha transcurrido casi un mes desde dicho citatorio qin que llegue el segundo cuando tarda 10 días..
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Autor
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AutorRespuesta No: 235477
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Fecha de respuesta: Lunes 15 de Agosto de 2011 09:58 2011-08-15 09:58 desde IP: 189.178.228.189
Señor Don rogeliotentle:
Le presento mis cordiales saludos y hago ver que en parte tiene usted razón, pues que el(la) consulultante escribió sin signos de puntuación, de tal manera que usted entendió que el consultorio está frente a la casa de la hermana de el(la) consultante, pero esa falta de signos ortográfico propició que de mi parte yo entendiera que se trata de una paciente de la hermana de el(la) consultante.
Pero no obstante el error comentado, siguen siendo perfectamente válidos los comentarios que vertí acerca del procedimiento, de la ilegalidad del citatorio, y demás relativos a que se trata de un acta especial que seguramente ya quedó guardada en los archivos si no es que fue tirada en el cesto de la basura. ...
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Autor
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AutorRespuesta No: 235488
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Fecha de respuesta: Lunes 15 de Agosto de 2011 14:02 2011-08-15 14:02 desde IP: 201.114.180.128
Hola: Saludos Cordiales Lic. Gonzalez, previo a esta consulta te comento hace unos dias, un buen abogado me envio un email, como parte de su humor negro de que habia muerto usted, lo que acelero mi congoja y posterior a ello se me dijo que era una broma lo que ocasiono una gran molestia hacia un abogado escelente de este foro. pero bueno saber que esta vivito no se si coleando jejejej, pero vivo si.
Respecto de la consulta, reflexiono, si el Mp va ejercitar accion penal debe ser en contra de persona determinada y no de haber quien salta, ante ese citatorio que me recuerda las epocas negrunas del Negro Durazo, creo que no debe acudir al mismo, pues usted tiene a su favor la garantia de adecuada defensa, es decir, que se encuentre enterado el imado de la acusacion hecha en su contra y al no hacerlo viola todo el proceso, y con un buen amparo lograra entrampar no solo la consignacion, sino el proceso mismo...busque asesoria personalizada, aqui mismo en el foro hay abogados excelentes...
LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail
cel. 55 43442775
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Autor
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AutorRespuesta No: 235489
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Fecha de respuesta: Lunes 15 de Agosto de 2011 14:03 2011-08-15 14:03 desde IP: 201.114.180.128
Hola: Saludos Cordiales Lic. Gonzalez, previo a esta consulta te comento hace unos dias, un buen abogado me envio un email, como parte de su humor negro de que habia muerto usted, lo que acelero mi congoja y posterior a ello se me dijo que era una broma lo que ocasiono una gran molestia hacia un abogado escelente de este foro. pero bueno saber que esta vivito no se si coleando jejejej, pero vivo si.
Respecto de la consulta, reflexiono, si el Mp va ejercitar accion penal debe ser en contra de persona determinada y no de haber quien salta, ante ese citatorio que me recuerda las epocas negrunas del Negro Durazo, creo que no debe acudir al mismo, pues usted tiene a su favor la garantia de adecuada defensa, es decir, que se encuentre enterado el imado de la acusacion hecha en su contra y al no hacerlo viola todo el proceso, y con un buen amparo lograra entrampar no solo la consignacion, sino el proceso mismo...busque asesoria personalizada, aqui mismo en el foro hay abogados excelentes...
LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail
cel. 55 43442775
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