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VIGENCIA DE RECUPERACION VIVIENDA 97

  • Consulta : 122547
  • Autor : leono1970_NR
  • Publicado : Jueves 11 de Agosto de 2011 16:55 desde la IP: 189.230.41.183
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,107
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  • Autor
    Consulta

  • leono1970_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas Tardes mi pregunta es la siguiente

     

    Si ya soy pensionado por el imss cual es la vigencia para poder recuperar vivienda 97, ya que me estoy enterando que puedo recuperarlo.

     

    Cual es la vigencia.

     

    Gracias 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 235119

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Mí estimado (a) consultante Leono1970

    Mire, estando en el entendido de lo absurdo que resulta que los derechohabientes tenga que en una forma obligatoria promover un amparo para que les devuelvan sus PROPIOS DINEROS el INFONAVIT (ESTA ES LA DELINCUENCIA ORGANIZADA DISFRAZADA DE LEYES QUE EXISTE EN ESTE PAÍS, YA SOLO CON UN AMPARO LA LIBRA UNO) me permito informarle que la resolución de la Corte sobre la recuperación del ahorro para la vivienda retenido después de 1997, no establece un plazo para que los jubilados presenten el amparo para acceder a este derecho, situación descabellada y aterradora que se deriva de la Jurisprudencia 93/2011.

    SALUDOS Y MUCHA SUERTE



  • Autor
    Respuesta No: 361813

  • CALIXTO
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    SI ESTÁS PENSIONADO POR LA LEY DE1973, DEBES PRESENTAR TU SOLICITUD DIRECTAMENTE EN INFONAVIT. LO PUEDES HACER POR CUALQUIERA DE LOS SIGUIENTES MEDIOS:

    1.-VIA INTERNET, ACCESANDO A LA  PÁGINA DE INFONAVIT.

    2.-LLAMANDO A INFONATEL

     



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