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EN QUE VIA SE DEMANDA LA ACCION PLENARIA DE POSESION
- Consulta : 122296
- Autor : afgo_13_NR
- Publicado : Martes 09 de Agosto de 2011 15:35 desde la IP: 189.139.217.131
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,111
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 09 de Agosto de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 234764
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Fecha de respuesta: Martes 09 de Agosto de 2011 18:36 2011-08-09 18:36 desde IP: 187.195.69.190
La acción plenaria de posesión compete al adquirente de buena fe que no esté en posesión de la cosa que tiene derecho a poseer con justo título (aunque no lo acredite como propietario) y se ejercita en contra de quien posee con menor derecho y persigue como finalidad, obtener la restitución de la cosa con sus frutos y accesorios.
Esta acción se tramita en la vía ordinaria civil.
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