- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
PENSIóN ALIMENTICIA
- Consulta : 121328
- Autor : alma_flores19_NR
- Publicado : Sábado 30 de Julio de 2011 19:06 desde la IP: 201.145.194.42
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,139
-
AutorConsulta
-
Publicado el Sábado 30 de Julio de 2011
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 233358
-
Fecha de respuesta: Sábado 30 de Julio de 2011 19:17 2011-07-30 19:17 desde IP: 189.188.171.214
aquel que incumpla de dar alimentos,a menores o incapaces, sera sancionada con la privación de su libertad, claro, no sin antes tener impuesta esa obligacion y decretada por un juez, antes no, y obtener una pension sin llegar a un juicio, solo bajo la certeza de la propia palabra del que debera dar tal pension, lo puedes realizar, lo mas comun en el DIF, aunque no tendra ningun peso juridico en caso de que el la imcumpla, pero tendras una documental a tu favor, cuando te decidas a iniciar el juicio de pension alimenticia......
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 233366
-
Fecha de respuesta: Sábado 30 de Julio de 2011 20:58 2011-07-30 20:58 desde IP: 189.240.236.174
buenas noches, no quieres llegar a juicio, denuncie penalmente al señor por incumplimiento de obligaciones alimentarias, lo van a poner a disposicion ante el ministerio publico, tiene que garantizar por lo menos un año de pension y comprometerse a seguirla pagando, y saldra libre, sino se va al reclusorio, suerte que dios la bendiga
-
Autor






