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FINIQUITO DE RENUCIA VOLUNTARIA.
- Consulta : 120495
- Autor : ivan_cm63_NR
- Publicado : Viernes 22 de Julio de 2011 15:19 desde la IP: 201.124.192.65
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,110
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 22 de Julio de 2011
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas tardes el pasado 19 de julio de 2011. Renuncié voluntariamente, después de 1 año y 3 meses que laboré. En el finiquito no me incluyeron la prima de antigüedad de 12 días por año, que marca la ley federal del trabajo art. 162 fracción I. El contador alega que esta aplica solo cuando tenga mas de quince años de antigüedad. ¿Es esto correcto?
Por la atención a la presente. Gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 232111
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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Julio de 2011 15:59 2011-07-22 15:59 desde IP: 201.103.187.206
Así es, el contador de la empresa tiene razón, lea correctamente el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo y en la fracción III se establece que esa prima se pagara a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, siempre y cuando tengan mas de quince año de servicio.
Por lo tanto, no te deben nada...
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