Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

FINIQUITO DE RENUCIA VOLUNTARIA.

  • Consulta : 120495
  • Autor : ivan_cm63_NR
  • Publicado : Viernes 22 de Julio de 2011 15:19 desde la IP: 201.124.192.65
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,110
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • ivan_cm63_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas tardes el pasado 19 de julio de 2011. Renuncié voluntariamente, después de 1 año y 3 meses que laboré. En el finiquito no me incluyeron la prima de antigüedad de 12 días por año, que marca la ley federal del trabajo art. 162 fracción I. El contador alega que esta aplica solo cuando tenga mas de quince años de antigüedad. ¿Es esto correcto?

    Por la atención a la presente. Gracias.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 232111

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Así es, el contador de la empresa tiene razón, lea correctamente el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo y en la fracción III se establece que esa prima se pagara a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, siempre y cuando tengan mas de quince año de servicio.
    Por lo tanto, no te deben nada...



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión