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ESCRITURAS EXTRAVIADAS SIN QUE SE HAYAN INSCRITO EN EL RPP

  • Consulta : 120098
  • Autor : adycar73_NR
  • Publicado : Lunes 18 de Julio de 2011 19:11 desde la IP: 189.192.198.54
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,113
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  • Autor
    Consulta

  • adycar73_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco

    Un notario público nos realizó escrituras de un predio que recibimos por medio de  intestado pero dichas escrituras no se pudieron inscribir en el registro público de la propiedad porque existe discrepancia de medidas (tenemos menos terreno de lo descrito en las escrituras anteriores que están registradas en el registro  público de la propiedad).

    Después de varios años  lo estamos reintentando y checamos lo necesario en el Reg. Pub. de la Prop. y parece que no es problema mayor, es relativamente sencillo pero ahora el grave problema es que dice el notario que él nos dio las escrituras y nosotros decimos que no. Dice que podría sacar copias certificadas de su libro pero no sé porque tendrían que ser dobles y cada juego saldría en $2,000  o sea 4,000 en total.

    ¿Se podrían sacar un duplicado que funcione como original de la procuraduría o de alguna otra instancia donde reporten los notarios sus libros? ¿O en su defecto que puedo hacer?

    De Antemano Muchas gracias por la orientación.

    Nota: Las escrituras fueron pagadas en su totalidad en su momento (aproximadamente en el año 2005).

     

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  • Autor
    Respuesta No: 231427

  • GuillermoEH
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola buenas tardes, mira, generalmente cuando en la notaria te entregan un testimonio o cualquier documento que sirvió para la compraventa, te hacen firmar el acuse de recibido, pues que te lo muestren si es cierto que recibiste el testimonio de la escritura, con eso te comprueban que verdaderamente te entregaron dicho documento, de lo contrario te lo deberán entregar sin costo ya que eso incluye en el importe del servicio otorgado. Por otro lado, por ejemplo en el D.F. los protocolos que obran en poder de los notarios, estos, después de 5 años, los envían al archivo General de Notarias para su resguardo, en el Estado de Jalisco habria que ver cuanto tiempo pueden estar con el notario, que supongo que puede ser el mismo tiempo, verifícalo y podrás solicitar una copia certificada, que haría el mismo efecto que el testimonio y así poder inscribirlo en el registro.

    Espero te sirva de algo. By



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