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SOBRE UN ARRENDAMIENTO

  • Consulta : 120055
  • Autor : 1968daniel
  • Publicado : Lunes 18 de Julio de 2011 14:22 desde la IP: 189.173.160.157
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,140
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  • Autor
    Consulta

  • 1968daniel
    USUARIO REGISTRADO

    HOLA!! QUIERO QUE ME ACESORESN MI PAPA TIENE UNA PROPIEDAD(CASA) LA CUAL QUIERE VENDER PERO LA TIENE RENTADA  EN UN PRINCIPIO A UNA PERSONA HACE 8 AÑOS LA CUAL MURIO HACE 3 AÑOS  NO SE FIRMO CONTRATO DE ARRENDAMIENTO LA CASA CON NUNGUNO DE LOS DOS ES UNA PANADERIA ESTE NEGOCIO LO MANEJA UN HIJO DE LA PERSONA Q FALLECIO HOY LE LLEVO UNO PUESTO QUE LA SEÑORA DE ESTA PERSONA HEMOS LLEVADO O MANDADO COMO POSIBLES COMPRADORES Y LOS CORRE Y HEMOS HABLADO CON EL SR. Y NOS DICE QUE NO FIRMARA QUE PORQUE TIENE QUE SER POR UN AÑO EL CONTRATO PARA NEGOCIO Y QUE APARTE QUE EN UN NEGOCIO CUANDO YA SE LE DICE QUE DESOCUPEN QUE YA NO LE QUEREMOS RENTAR LE TENEMOS QUE DAR 6 MESES SIN QUE ELLOS PAGUEN LA RENTA ES ESTO VERDAD EN UN PRINCIPIO A LA PERSONA FALLECIDA LA QUISO COMPRAR LA CASA PQRO NUNCA TUBO DINERO Y EL HIJO TAMPOCO VENDIO SU CASA PERO NO LE LLEGO AL PRECIO PUESTO QUE YA CON 6 AÑOS CUANDO EL ENTRO LA QUERIA COMPRAR AL PRECIO QUE SE LE DIJO AL PAPA Y PUES YA NO VALIA LO MISMO QUE PODEMOS HACER  !!! GRACIAS POR LA CONSULTA !!!

     

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  • Autor
    Respuesta No: 231340

  • CyC Abogados
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si ustedes quieren vender la casa deben de notificarle a su inquilino por escrito y otorgarles el derecho de tanto es decir darle la oportunidad de comprar la propiedad y en caso de que no pueda hacerlo seguir con la operacion de compraventa.

    En este momento esta  operando una figura que se  llama tacita reconduccion que es cuando no hay manifestacion por escrito de renovar un contrato este se entiende como vigente por el mismo plazo pactado hasta que no se regularice.

    Ahora si usted ya no desea tenerlos como inquilinos debera notificarles ia jurisdiccion voluntaria la terminacion del contrato que aun esta vigente y su deseo de ya no renovarlo, con esteo regularizan la situacion de la falta de contrato, con el "nuevo"  inquilino y en caso que no se "salgan" demandarles el desahucio.

    Por otro lado pueden de igual forma si desean demandar la firma del contrato con el hijo y con esto tambien se regulariza esta situacion pero correra vigencia a partir de que se firme y no podra ser menor a un año.

    Es  mentira que ustedes lde deban dar un plazo de gracia sin pago de renta, por ley no es ai aunque ustedes pueden aceptarlo si asi lo determinan.

    Lo correcto y esto variara segun cada abogado es que si van a vender la propiedad lo hagn sin inquilinos esto es que terminen la relacion que tiene ahora con ellos y despues vendan, no pueden obligarlos a que renueven forsozamente ya que es una propiedad de ustedes pero deberan eguir las formas legales.

    A grandes rasgos este seria el panorama les recomiendo que se asesoren personalmente de licenciado en derecho especialista en la materia para que conjunto a el establezcan la mejor estrategia para lograr su cometido.

    Salvo la mejor opinion de los exceslsos abogados que en este foro aportan.

    Saludos cordiales.



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