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ES VALIDO EL COBRO DE INTERESES EN ADMINISTRACION DE CONDOMINIOS?
- Consulta : 119803
- Autor : agustin_linux_NR
- Publicado : Viernes 15 de Julio de 2011 14:58 desde la IP: 201.144.254.182
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,146
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 15 de Julio de 2011
Estado de Referencia: Distrito Federal
Vivo en una unidad habitacional del infonavit en el df, hace 3 años perdi mi relacion laboral, desde entonces, he trabajado en diversos rubros, de alguna manera informales, -como por ejemplo, chofer de un taxi- lo que con esfuerzos logro sacar dinero para la manutencion de mi casa.
por esta situacion no he podido cumplir con las cuotas de mantenimiento de la unidad, porque le di prioridad a pagar mensualmente el credito que tengo con el infonavit. Resulta que por dar un ejemplo, les debo de capital, $4,000.00 sin embargo ellos, de capital mas intereses me estan cobrado $14,000.00, es decir los intereses son mayores al capital. es esto posible? que la administracion de la unidad, me aplique a su arbitrio el porcentaje de intereses tan alto? me surge la duda, si en los bancos, por ejemplo, tienen una tasa referencial, y lo muestran en sus estados de cuenta. quien le autoriza a una sociedad
gracias de antemano.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 370403
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Fecha de respuesta: Domingo 23 de Noviembre de 2014 12:50 2014-11-23 12:50 desde IP: 189.226.148.75
Agustín:
Buenas tardes, te comento que si es posible el cobro de intereses, en la Ley de Propiedad en Condominio para el Distrito Federal el su Artículo 33 Fracc. V parrafo segundo establece dicho interes, te informo que el interés legal que marca esta Ley y el Código Civil para el Distrito Federal es del 9% anual.
Dicha Ley la puedes consultar en la siguiente liga:
//serviciointegral/node/16
Para mayor información nos puedes consultar en:
serviciointegral
Saludos
Atte.
Lic. Arturo Guadarrama
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Autor
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AutorRespuesta No: 370404
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Fecha de respuesta: Domingo 23 de Noviembre de 2014 12:51 2014-11-23 12:51 desde IP: 189.226.148.75
Agustín:
Buenas tardes, te comento que si es posible el cobro de "//mexicolegal/foro-verconsulta.php?id=119803&forod=0#" rel="nofollow" style="cursor: hand; color:#166ad0; text-decoration:underline; border-bottom:dotted 1px;">intereses, en la Ley de Propiedad en Condominio para el Distrito Federal el su Artículo 33 Fracc. V parrafo segundo establece dicho interes, te informo que el interés legal que marca esta Ley y el Código Civil para el Distrito Federal es del 9% anual.
Dicha Ley la puedes consultar en la siguiente liga:
//serviciointegral/node/16
Para mayor información nos puedes consultar en:
//serviciointegral
Saludos
Atte.
Lic. Arturo Guadarrama
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