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SE PUEDE DEMANDAR AL SEGURO POPULAR POR NEGLIGENCIA MEDICA?
- Consulta : 119567
- Autor : guillermo Atris
- Publicado : Miércoles 13 de Julio de 2011 18:59 desde la IP: 189.130.44.132
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,087
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 13 de Julio de 2011
Soy de Oaxaca, el servicio de seguro popular lo da el hospital civil, Quisiera saber si se puede hacer una demanda por negligencia,, el caso es asi:
Mi esposa estaba embarazada y acudiamos a consultas de control del embarazo, en el centro de salud. Hace dos semanas mi esposa se empeso a sentir mal, estaba en las ultimas semanas de embarazo. Fuimos a consulta y nos mandaron a la valoracion con el GInecologo, de ahi, el ginecolo le tomo el ultrasonido y despues de revisarla dedujo que los dolores eran porque ella tenia dos infecciones una en las vias urinarias otra en la vagina y que su embarazo era de 37 semanas y estaba bien. Nos mandaron a ahcer unos analisis y que regresaramos en una semana, o mas, yo no me quede conforme, porque llevavamos al mismo tiempo un control de su embarazo con otro medico, asi que decidimos ir a verlo, para nuestra sorpresa nos dijo que su embarazo ya era de 41 semanas, que el feto no tenia mucho liquido y que la placenta estaba en etapa tres de maduración.
Que necsitaban operarla ese mismo dia o al dia siguiente, para no complicar la operacion y que los doleres que le daban era porque tenia una cesarea anterior y que muchas veces por eso el dolor no se hacia mas fuerte (ya estaba en trabajo de parto), le pedimos al doctor si podia hacernos un escrito hacerca de lo que el habia dicho y con el escrito en mano, nos dirijimos al hospital, cuando llegamos esperamos nuestro turno y al revisala el medico le dijo que no, que tenia 37 semanas, que el liquido estaba perfecto. Cuando vieron el escrito se pusieron muy groceros y decian que eso no valia, que era de medico particular y que eran dos medicos del seguro popular contra uno y nos hicieramos los examenes y regresaramos en tres o seis dias.
Me sentia muy frustado al no poder hacer que atendieran a mi esposa, asi que regrese al centro de salud, cuando llegue me atendio una enfermmera que dijo que verian mi caso y me apoyarian, me pasaron a hablar con un doctor, le comente lo sucedido, le mostre los papeles y me dijo que el dolor era normal, que le diera un analgesico, le respondi que no le serivan, queno le quitaban el dolor y me receto una medicina para detener las contracciones.
Me fui muy molesto por la actitud del medico y no quedo mas remedio que ir a visitar a otro medico por si el nuestro estaba equivocado, y para colmo de males el dijo que si, que ya estaba en trabajo de parto, que tenia poco liquido y que debian operarla cuanto antes, a las 5.30 de la mañana del dia miercoles tuvieorn que operarla de emergencia, entoces es esa mi duda, ¿se puede demandar ? o ¿como puedo porceder para que el seguro popular me rembolse el pago de la operacion?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 230676
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Fecha de respuesta: Miércoles 13 de Julio de 2011 19:30 2011-07-13 19:30 desde IP: 201.147.83.166
Hola Buenas Tardes
Efectivamente usted puede ejercitar acción por la VÍA CIVIL, esto es, ante el Juez Civil del fuero común el pago de las erogaciones que usted realizó con el médico particular.
La acción de pago ejercitada por un asegurado, beneficiario o pensionado, en contra de una institución de seguridad social, en razón de haber realizado erogaciones en numerario por no recibir los servicios médicos u hospitalarios, o bien, al estimar que son deficientes, circunstancias que los condujeron a obtener esos servicios en forma particular, al que los afectados le atribuyen haber incurrido en responsabilidades por negligencia, impericia o falta de cuidado; atento lo cual, el reclamo de la prestación económica de que se trata, desde luego, constituye una acción prevista en la legislación civil y, por tanto, debe ser resuelta bajo la aplicación de las normas del derecho común.
Le recuerdo que debe guardar todos los documentos base de la acción, esto es, recibos de pago, documentos probatorios de la operación de su esposa (que se hopitalizó en dicho hospital y que tuvo trabajo de parto ahi), recetas médicas tanto del médico privado como del médico del Seguro Popular, documentos probatorios de la situación física de su esposa, asi como la falta de pericia y negligencia de los médicos del seguro popular en el documento donde hacen mención que su esposa aun le faltaban días para el trabajo de parto, entre otros.
Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 230724
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Fecha de respuesta: Miércoles 13 de Julio de 2011 23:56 2011-07-13 23:56 desde IP: 189.138.177.72
Cometieron una conducta ilicita al negarle la prestacion del servicio adecuado, negligencia, al enviarla a su casa cometieron nuevamente otra conducta al señalarle que faltaba tanto tiempo para que naciera su producto, impericia, situaciones que se encuentran establecidas en la ley general de salud y en el codigo penal federal, maxime que pusieron en riesgo su vida y la de su hijo, por consecuencia por tener caracter federal y tratarse de ilicitos, debera presentar su respectiva denuncia ante la procuraduria general de la republica, alli el ministerio publico federal se encargara de integrar su averiguacion.
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