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EL PATRON DEL DEUDOR ALIMENTARIOSE NIEGA A RECIBIR OFICIO PARA QUE INFORME INGRESOS
- Consulta : 119282
- Autor : nelidovna_NR
- Publicado : Lunes 11 de Julio de 2011 15:23 desde la IP: 189.244.40.181
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,073
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 11 de Julio de 2011
Estado de Referencia: Chihuahua
hola buenas tardes. que puedo hacer si el patron del deudor alimentario se niega a recibir el oficio del juzgado en el que se le pide informe a cuanto asciende los ingresos del demandado, alegando que el tiene sus propios problemas y que cada quien arregle los suyos
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 230358
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Julio de 2011 22:03 2011-07-11 22:03 desde IP: 148.240.80.34
En respuesta a su consulta, le informo.
Que su abogado haga del conocimiento del juez esa situación, y le solicite que la entrega del oficio mediante el cual sele requiere para que rinda el informe correspondiente, le sea entregado por conducto del actuario adscrito al juzgado, y que aperciba al patrón que si no lo rinde dentro del término que le sea señalado, se le aplique alguno de los medios de apremio previstos en la legislación procesal civil.
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