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PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 116265
- Autor : big_piggy_1_NR
- Publicado : Sábado 11 de Junio de 2011 23:43 desde la IP: 189.191.119.72
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,116
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 11 de Junio de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 226952
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Fecha de respuesta: Domingo 12 de Junio de 2011 00:46 2011-06-12 00:46 desde IP: 201.124.46.203
Por supuesto, supongamos que no es posible comprobar si tiene ingresos el deudor, si tiene alguno, esto se determinara de acorde al estilo de vida que lleve... le aconsejo que vaya a la agencia del ministerio público e inicie una querella por por el delito de incumplimiento a la obligación alimentaria, aunque le aconsejo que sea mejor una denuncia de hechos posiblemente constitutivos de delito, así el agente del ministerio publico lo encuadrara de la forma mas adecuada para usted... o ya sea que prefiera iniciar un juicio de alimentos... siendo este ultimo tema competente a la materia familiar... reciba un cordial saludo
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