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DEBO DAR PENSION SI ELLA DEJO EL HOGAR Y SE LLEVO A UNA DE MIS HIJAS

  • Consulta : 115422
  • Autor : bacha1964_NR
  • Publicado : Sábado 04 de Junio de 2011 13:41 desde la IP: 189.132.217.37
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,133
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  • Autor
    Consulta

  • bacha1964_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Veracruz

    MI MUJER ME DEJO HACE 8 MESES Y SE LLEVO A UNA DE MIS HIJAS  DE 4 AÑOS Y ME DEJO A UNA DE 8 AÑOS, ELLA TRABAJA, Y NO ME DEJA VER A MI HIJA ARGUMENTANDO QUE NO LE DOY NADA PARA LA NIÑA QUE ELLA TIENE , ELLA ESTA EN EL PROGRA MA DE OPORTUNIDADES  UN DIA LE DI DINERO PERO NO QUISO FIRMARME UN RECIBO.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 226054

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Tiene derecho a convivir con su hija, y a su vez de otorgar una pensión alimenticia de acuerdo a sus posibilidades y a ls necesidades de la menor.

    Acuda a defensosría de oficio de su estado o bien con un abogado para que elabore el convenio de pago de alimentos y régimen de visitas, para que sea presentado y ratificado ante el juzgado.



  • Autor
    Respuesta No: 226055

  • Abogadojos
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    La señora puede demandarlo a juicio de alimentos, y usted debera comprobar que esta a cargo de la niña mayor, ademas de que su esposa percibe un salario y que cuenta con el programa oportunidades, la obligacion alimentista es de los dos padres.

    Usted tiene derecho a ver a su hija asi que promueva un juicio de custodia de la niña o bien en el de alimentos solicitele al juez horarios de visita.

     Deposite el dienero ante el Juzgado para evitar problemas usted puede elegir la cantidad que quiera otorgarle libremente a su hija. Si es que la sra no le quiere extender recibos, pues es muy importante que se los de.



  • Autor
    Respuesta No: 226115

  • Domingo Arrayales
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    deposite o consigne una cantidad regular al juzgado an nombre de la madre de sus hijos y ello en caso de que le demande no solo los alimentos sino la pèrdida de la patria potestad por incumplimiento, usted podrà comprobar que si ha estado proporcionando los alimentos a traves del deposito de dinero o consignacion, espero le sirva



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