Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

USUFRUCTO

  • Consulta : 114182
  • Autor : raffles
  • Publicado : Miércoles 25 de Mayo de 2011 21:46 desde la IP: 201.157.6.185
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,139
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • raffles
    USUARIO REGISTRADO

    BUENAS NOCHES MI CONSULTA ES RESPECTO DE : TENGO EL USUFRUCTO TOTAL DE UNA PROPIEDAD EN CATEMACO VER. LAS TITULARES SON MIS TRES HIJAS ACTUALMENTE MAYORES DE EDAD,;LES DONE LA PROPIEDAD CUANDO ERAN PEQUEÑAS, ELLAS NO SE HAN PORTADO DE MANERA MUY ADECUADA CONMIGO,ACTUALMENTE ESTOY DISCAPACITADO,Y SOLO COBRO UNA PEQUEÑA RENTA DEL INMUEBLE, MI PREGUNTA ES : PUEDO HIPOTECAR O VENDER LA PROPIEDAD SIN EL CONSENTIMIENTO DE ELLAS ?

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 224663

  • SHREK
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Buen día estimado forista, en respuesta a su consulta le comento que usted no puede vender, rentar, hipotecar el inmueble ya que usted goza del beneficio del usufructo y en caso de que usted llevara a cabo cualquier acción antes mensionada, esa seria una causal para dar por terminado el contrato de usufructo, todaves que usted goza y disfruta del inmueble pero no cuenta con el dominio sobre el mismo, por lo cual en caso de que usted quiera vender, rentar, hipotecar, debe contar con el consentimiento de sus hijas (que son ahora las dueñas).







  • Autor
    Respuesta No: 224720

  • raffles
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    GRACIAS POR LAS RESPUESTAS,,SE ME PASO MENCIONAR QUE SI TENGO EL DOMINIO DE LA PROPIEDAD, ACREDITADO EN LAS ESCRITURAS, Y HAY UNA CLAUSULA QUE DICE QUE PUEDO DISPONER DE LO NECESARIO PARA VIVIR DE ACUERDO A MIS NECESIDADES..O REVIERTO LA DONACION ?







  • Autor
    Respuesta No: 224733

  • sergio1987
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si Usted tiene la propiedad del inmueble como alega, entonces que donación quiere revertir?? Ahora si hubo un contrato de donación entonces USted ya no es propietario del inmueble.

    Ahora si Usted tiene el derecho de usufructo sobre el inmueble, entonces Usted con ese derecho puede disponer de el como mejor le parezca, puede venderlo, o rentarlo, e incluso pudiera hipotecarlo, sin embargo no creo que exista un posible acreedor que acepte un usufructo en garantía.

     



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión