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POR QUE ES DIFICIL HACER EL REGISTRO DE CEDULA EN LOS JUZGADOS
- Consulta : 114117
- Autor : napi7815_NR
- Publicado : Miércoles 25 de Mayo de 2011 15:04 desde la IP: 189.228.132.193
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,111
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 25 de Mayo de 2011
Estado de Referencia: Estado de México
BUENA TARDE, HACE DOS SEMANAS MEDIERON MI CEDULA Y HE TRATADO DE REGISTRARLA EN LOS JUZGADOS DE TECAMAC Y OTUMBA Y NO ME LA REGISTRARON ARGUMENTANDO QUE NO CONTABAN CON SISTEMA PARA HACERLO, ¿ ES ESO VERDAD QUE NO CUENTAN CON SISTEMA PARA HACERLO? ¿ O EN QUE LUGAR DEBO DE REALIZAR ESE TRAMITE? PORQUE HASTA DONDE TENGO CONOCIMIENTO SE PUEDE REALIZAR EN CUALQUIER JUZGADO, BUENO EN EL ESTADO DE MEXICO
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 224581
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Mayo de 2011 15:27 2011-05-25 15:27 desde IP: 201.134.188.66
Estimado forista, buena tarde.
Generalmente, donde se puede (debe) registrar la cédula es en los juzgados federales, ahi cuentan con dicho sistema para el registro de abogados con cédula profesional.
Asimsimo, en el TFJFA, tambien se debe registar tú cédula. Existen algunos estdos de la República (P.E. Puebla), donde se pide que la cédula profesional, se registre ante el Tribunal superior de Justicia del Estado, por lo que deberás revisar si en Edo. Mex, es así.
Saludos...........................RAHR
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Autor
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AutorRespuesta No: 224626
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Mayo de 2011 22:05 2011-05-25 22:05 desde IP: 189.137.94.37
napi7815:NR:
Es evidente que el colehga RAHR desconoce dos cosas:
1ª Que en los tribunales del Estado de México se requiere registrar la Cédula Profesional y que al hacerlo mwediante sistema electrónico de Internet, al abogado registrado se le asigna un N.I.P., válido en todos los tribunales del Estado, y que debe mencionar en los documentos que autorice con su firma, ya que esta autorización es obligatoria para que se les de valor a las promociones de las partes.
Adicionalmente dicho forista, y usted mismo, desconocen que por problermas del sistema de Internet tanto en Otumba como en Tecamac omiten este registro y lo suplen con un registro escrito que se conserva en el propio juzgado.
Para resolver el problema le sugiero que acuda a los tribunales de Texcoco, de Ecatepec o de Netzahualcóyotl, en donde sí cuentan con conexión a Internet y podrán realizar el registro de su Cédula, pero le aclaro que deberá exhibir el original del documento, toda vez que en todos esos juzgados desconfían de las copias certificadas por notario, ya que alñegan la existencia de muchas falsificaciones, tal y como resultó en la película "Presunto Culpable".
2ª En lo tocante al Estado de Puebla, en el mismo solicitan que el título sea registrado en la Presidencia de su Tribunal conforme sus leyes y le niegan valor al registro que se acre3dita con la Cédula Profesional expedida por la S.E.P. o por las autoridades estatales que realizan la misma función, por lo que, en mis asuntos de Puebla, hago valer el artículo 121 Primer Párrafo y fracción V de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos, advirtiendo que en Puebla el rechazo de mi Cédula Profesional es una violación de los numerales 5 y 121 Primer Párrafo y su fracción V precitados, por lo que haría valer mis derechos en juicio de amparo, lo que ha bastado para que el problema deje de serlo.
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