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¿SE PUEDE DENUNCIAR A UN ABOGADO POR DEJAR "TIRADO" UN CASO? (MáS INFORMACIóN)

  • Consulta : 113474
  • Autor : robertojidi
  • Publicado : Viernes 20 de Mayo de 2011 12:36 desde la IP: 201.137.57.48
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,126
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  • Autor
    Consulta

  • robertojidi
    USUARIO REGISTRADO

    Gracias Lic. EHRODRIGUEZ por su respuesta a la consulta 113298... Solo que para tener de su parte una respuesta más amplia agregó lo siguiente a la consulta anterior:

    Al Abogado le pague X cantidad de dinero por presentar la demanda del Juicio Ejecutivo Mercantil y acordamos que le pagaría el 20% del dinero que se logrará recuperar. Lamentablemente no hubo contrato de este hecho apesar de que lo exigí...

    Desde un principio le dije al Abogado que el único Bien embargable del deudor era una Acción en una empresa de Transporte Público y que dicha Acción tenia un valor muy inferior a lo demandado pero que con la adjudicación directa de esa Acción me daba por bien servido, al abogado le pagaría el 20% del total de la dueda. El error del abogado, considero yo, fue haber embargado una porción de terreno que ni si quiera es del deudor y despues haber logrado un acuerdo que ni siquiera fue ratificado en los juzgados ni mucho menos cumplido... Por lograr el acuerdo me pidio un adelanto de lo que supuestamente despues iba a recuperar con el acuerdo logrado. Obviamente el abogado con el dinero en la bolsa se desaparecio y en el bufete al que pertenecio, así como la gente de "A Quien Corresponda" se lavan las manos. Es más, los de "A Quien Correponda" ya aceptaron tener en su poder las copias certificadas de mi expediente pero por más que se los pido no me lo quieren dar...

     

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  • Autor
    Respuesta No: 223926

  • ehrodriguez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Bueno  le comento que usted puede promover ante el juzgado donde esta radicado su asunto copias certificadas através de un escrito previo pago de derecho, honestamente no busque más a estás personas de A QUIEN CORRESPONDA,  por otro lado usted puede consultar el expediente ya que se encuentra autorizado al ser el promovente del jucio en cuestión y verificar en que status se encuantra en este momento ya que un embargo a un terreno que no es del deudor lamentablemente no ayuda en nada, ahora bien si como usted menciona no hay mas que el certificado de Acción habría que avocarse a tal elemento, sin embargo, yo le recomendaría hacer una busqueda en el RPP, le manejo estos supuestos debido a que al contestar su pregunta me surgen más preguntas a mi, espero le sea útil la respuesta.  saludos. 



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