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DESPOJO

  • Consulta : 113442
  • Autor : josejuan_3v_NR
  • Publicado : Viernes 20 de Mayo de 2011 08:17 desde la IP: 189.217.158.105
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,102
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  • Autor
    Consulta

  • josejuan_3v_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    buen dia, quisiera que me ayudaran en la siguiente consulta: se me esta imando en delito de despojo de una vivienda dada en arrendamiento que la misma arrendataria abandonon dejando adeudos de telefono y luz, y ahora resulta que hasta habia dejado bienes de su propiedad, revisando las constancias de la averiguacion previa, no ha acreditado con ningun documento la relacion contractual del arrendamiento y mucho menos la propiedad de los supuestos bienes, solo consta su dicho, los testigos que ha presentado manifiestan el nombre de la calle y numero exterior pero no precisan el numero de la vivienda, aunado a esto la denunciante maneja dos fechas distintas de los hechos y un testigo manifiesta otra, esto fue en en año 2008 y hasta ahorita tengo conocimiento de la denuncia, ya se ahbia acordado el NEAP, pero la denunciante se quejo en derechos humanos porque no le notificaron personalmente del NEAP, y se devolvio la av. previa a la fiscalia correspondiente. que puedo hacer para demostrar que no ha existido tal delito ya que la denunciante abandono la vivienda dejandola totalmente vacia y tambien por la contradiccion de las fechas que manifiestan fueron los hechos. gracias por la atención brindada.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 223893

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    jusejuan_3v_NR:

    Lo que usted puede hacer, es aportar a la averiguación previa las copias certificadas del correspondiente juicio de controversias del arrendamiento en donde conste que, ante el abandono de la localidad arrendada por parte del arrendatario, el juez ordenó y el actuario cumplió con la diligencia de entregar la posesión al arrendador.

    Ya me imagino que nunca hizo tal proceso civil, así que la inexistencia del juicio aludido es una prueba en contra del arrendador..



  • Autor
    Respuesta No: 223902

  • ehrodriguez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Mira acude con un abogado, si como dices no puede acreditar la relación contractual y mucho menos la propiedad de los bienes, tu por que crees que se determino el No Ejercicio de la Acción Penal la primera vez, por falta de elementos, que si es verdad que la señora debió ser notificada de tal resolución, no significa que no vaya a darse esa Determinación una vez más, te recomiendo que acudas con un abogado, simplemente para que revisen la AP detalladamente y verás que solucionarás tu situación



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