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INTESTADO

  • Consulta : 113228
  • Autor : martina.ce47_NR
  • Publicado : Miércoles 18 de Mayo de 2011 18:58 desde la IP: 189.191.13.233
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,133
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  • Autor
    Consulta

  • martina.ce47_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Mi padre fallecio hace 6 años y no dejo testamento ,solo dejo una propiedad. 

    Mi padre se caso en 1957 por bienes mancomunados en 1962 adquirio la casa junto con mi madre, mi madre fallecio en 66 nosotros somos 3

    de su primer matrimonio. el se volvio a casar en el 67 por bienes mancomunados. y tubo 3 hijos mas.

    1,_Quiero saber que tan cierto es que como hijas de su primer matrimonio tenemos derecho al 50% que le correspondia a mi madre.

    2,_ Es verdad que si uno de mis medios hermanos paga el predio y agua ya es dueño de la casa.

    3:- Si su segunda esposa se caso con documentos donde dice que es Rodrigez Velazquez, y en realidad en su acta de nacimieto solo

    es velazquez  es valido su matrimonio.

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 223734

  • LicRamses
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Primero te aclaro que estas ante una Sucesión Legitama o Intestamentaria, ya que no existe testamento de tu padre.

    Dentro de lo que se refiere dicho Juicio, que tendras que interponer ante el Juez de lo Familar, te comento los siguientes consideraciones:

     

    Priemero.- El amtrimonio con su segunda esposa pudo ser anulado bajo causal de erroracerca del apersona con la que se contrae, lamentablemente para ejercer dicha acción se cuenta con un pèriodo de 30 días (EDOMEX) para formularla, ya que si nos e formula se presume como ratificado el consentimiento; ademas de que tal anulación no privaria a tus parientes (medios hermanos) de intervenir en la sucesión, ya que la ley los automaticamente los invocaria para ser parte de la adjudicación de la masa hereditaria, de acuerdo a la proporción de ley que le corresponda.

     

    Segundo:- Aclarando tu duda sobre si alguno de tus medios hermanos podrian adquirir dicha propiedad pagando agua y predio, es absolutamente falso, ya que por si mismo no crea declaración de propietario; si no que tendria que interponer juicio de prescripción positiva o usucapión y para poder adquir la propiedad por dicha modalidad debe cumplir con requisidos exigidos por la ley (en calidad de propietario, continua, pública, pacifica,de buena fe 5 años de mala fe 10 años).

     

    Tercero.- Te hago saber que en la sucesion legitima tienen derechoa herederar en el siguiente orden:

    Descendientes, conyugé, ascendientes, parientes colaterales hasta 4to grado, concubina (o) y a falta de estos DIF.

    Ahora bien los parientes que se encuentren en el mismo grado heredaran por partes iguales.

     

    En el sentido estricto de tu caso si es que no existiera alguin mas para intervenir en la sucesión como Ascendientes, o hijos de ulterior grado por deceso de uno de los descendientes del mismo grado, la concurrencia de la herencia seria de la siguiente forma:

    Hijos y conyuge heredaran por partes iguales, es decir que la masa hereditaria se divira entre los 7(adjudicación) y se repartira por partes iguales.

     

    Te repito tienes que interponer el juicio Sucesorio Legitimo y nombra un albacea para que administre los bienes y así puedan terminar pronto con este delicado tema.

     

    Espero sea de ayuda y te deceo suerte.

     

     



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