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- Consulta : 112830
- Autor : diana.rmz_NR
- Publicado : Lunes 16 de Mayo de 2011 01:18 desde la IP: 189.154.107.19
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,106
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 16 de Mayo de 2011
Estado de Referencia: Nuevo León
Buenas noches, mi duda es la siguiente: mi novio y yo tenemos un hijo, el estaba en un proceso de divorcio que fue firmado 2 semanas antes de qe mi bb naciera, el caso es que por uno u otro motivo el niño solo fue registrado con mis apellidos ya que el queria evitarse "problemas", ahora mi bb ya cumplira los 3 meses y el quiere que "darle" sus apellidos, sin embardo no se si esto sea posible sin que eso lo "afecte", digamoslo asi, el tiene otro hijo; alguien me puede explicar si esto es posible y en dado caso cual seria el tramite? otra cosa es posible que despues de un divorcio voluntario el tiempo que se debe cumplir para otro matrimonio se reduzca? les agradezco mucho
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 223428
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Fecha de respuesta: Lunes 16 de Mayo de 2011 01:25 2011-05-16 01:25 desde IP: 201.127.250.91
Respecto del otro ni{o, no le afecta en lo mas minim,o, solo que este vendra a tener un medio hermano legalmente reconocido, ahora bien, si se puede el tramite es facil es un acta de RECONOCIMIENTO DE HIJO o en su caso de ADOPCION, pero la que es correcta es la de RECONOCIMIENTO DE HIJO.
AShora bien si le afecta pero a tu novio en lo personal pues con esa acta tu y tu hijo tendrasn derecho a reclamarle alimentos para el nin{ó no para ti.
Ahora bbien a la reduccion del tiempo para casarse despues del divorcio supongo estas confundidsa.
Es mas largo el tiempo que tienen que esperar los divorciados tras un divorcio necesario y mas cuando es conyuge culpable y si es correcto es mas corto tratandose del divorcio voluntario.
Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 223433
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Fecha de respuesta: Lunes 16 de Mayo de 2011 10:03 2011-05-16 10:03 desde IP: 189.200.114.215
Hola Buen día.
Necesita usted hacer un tramite denominado RECONOCIMIENTO. Hay 4 formas de hacerlo. En la partida al momento del registro del menor (Aqui ya no pudieron), En acta de reconocimiento ante el Registro Civil (Aqui es valido hacerlo todavia), En escritura pública rendida ante notario donde obre dicho reconocimiento (Tambien puede hacerse todavia) y por confesion judicial expresa y directa.
Esas son las modalidades en las que puede presentarse un reconocimiento de menor. Usted pregunta si es posible que reconociendo al menor le afecte a su pareja? Porque habría de afectarle? Si se refiere a los alimentos y obligaciones que adquirirá para con el menor NO NO ES POSIBLE que pueda librarse de ellos despues de haber hecho el reconocimiento. Si se refiere a problemas con su anterior matrimonio NINGUNO esto si se pudiere haber dado si hubiere reconocido al menor aun estando casado pues su ex mujer podría demandar el divorcio por adulterio y aportar el acta respectiva a juicio. Podrá usted decir... si pero ... ya estaban tramitando el divorcio.... la respuesta es SI lo estaban tramitando como divorcio por mutuo consentimiento donde no hay un conyuge culpable y en el supuesto antes previsto EL seria el conyuge culpable y por ende estaria obligado a pasar pension alimenticia tambien a la señora.
Pero como ya se divorcio, entonces no afecta en lo mas minimo.
Tiempo de reduccion para volverse a casar? NO HAY FORMA DE REDUCIRLO es un año contado a partir que causo ejecutoria la sentencia. Casarse antes implica que el matrimonio se encuentre afectado de NULIDAD relativa.
Saludos
Lic. Omar Ulloa
Juez del Registro Civil
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