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ACCIONES DE ALBACEA

  • Consulta : 111944
  • Autor : perla 100_NR
  • Publicado : Sábado 07 de Mayo de 2011 14:17 desde la IP: 189.153.126.247
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,131
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  • Autor
    Consulta

  • perla 100_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    hola que acciones debo de emprender para recuperar la propiedad de mi madre ya que me nombraron albacea,  y heredera universal ya que hace como 9 meses vive un hermano en la propiedad (no demostro entroncamiento) y tiene todos los servicios con adeudo.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 222468

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Deberá usted ejercitar la Acción Reivindicatoria, a efecto que se le entregue la propiedad con sus accesiones y mejoras , le sugiero que se asista de un Abogado de su localidad.



  • Autor
    Respuesta No: 222470

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ah!...barbaro....

    1....cumple con la fuinciòn... de albacea....tu abogado sabe que hacer...

    2....da inventarios...avaluos...y presentar el proyecto de adjudiciacion de la cosa...pedir su escrituraciòn.... y entonces y solo entonces... sera dueña... antes ...solo eres un heredero... universal...dices tu... pero solo un heredero... no dueño....

    3...señala al juez que erres la unica heredera....lo que no es cierto... ya que  tu hermano tiene derecho a denunciar su derecho dentro de los proximos 10 años... a pedir su parte... y obligarte a partir la cosa....

    tu abogado sabe que hacer... pero no es una acciòn reivindicatoria... que versa en recuperar lo que es tuyoi... esa cosa nunca ha sido tuya... no puedes pedir que se te entregue lo que nunca ha sido tuyo....

    tu abogado sabe que hacer....



  • Autor
    Respuesta No: 222477

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Es cierto , pase por alto que aún no eres dueña; espera a que te sea adjudicada propiedad y entonces si, ejercitas la acción.

    ¿ No has iniciado el juicio sucesorio respectivo?

    Dices que tu hermano no acreditó su entroncamiento, quiere decir que ¿ ya fué llamado a juicio?, porque si es cierto lo que mencionas, tu hermano no tiene derecho a nada, puede denunciar el intestado si, pero sino acredita el entroncamiento, ¿ que  va a reclamar?



  • Autor
    Respuesta No: 222482

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Mi estimada consultante Perla 100

    Mire, usted como albacea cuanta con facultades y obligaciones.

    Ahora bien, el articulo 1603 del Código Civil de su Estado de Nuevo León, nos establece que

     Son obligaciones del albacea general:

     II.- El aseguramiento de los bienes de la herencia;

    En este tenor de ideas, yo le sugiero que, por MEDIOS PREPARATORIOS cite por conducto del Juzgado a esta persona para que declare ¿desde cuando? y ¿en calidad de que?, es que ocupa el inmueble a que usted hace referencia, y ya dependiendo del resultado, resulta muy fácil saber por donde atacar el asunto.

    Le comento lo anterior, toda vez que luego por ahí aparecen algunas sorpresas que para que le cuento.

    Saludos



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