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REGISTRAR A UN NIñO
- Consulta : 111887
- Autor : josefedericofm_NR
- Publicado : Viernes 06 de Mayo de 2011 20:30 desde la IP: 189.145.47.66
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,090
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 06 de Mayo de 2011
Estado de Referencia: Estado de México
buenas tardes a los licenciados y abogados en general, mi consulta es la siguiente; sandra tuvo a su hijo en diceimbre del año 2010, se hizo cargo por un tiempo del niño, pero en el de abril del año 2011 lo dejo a cargo de su mama la señora karolina(mama de sandra). la señora karolina ha pagado todos los gastos del menor, el niño aun no lo han registrado porque hay un error en el acta de nacimiento de sandra, solo tienen la hoja de alumbramiento, ahora bien, sandra le firmo un convenio familiar privado, donde le cede los derechos de guardia y custodia, patria potestad y para efectos de que lo registre con los apellidos de la señora karolina, viven en el estado de mexico, mi pregunta es ¿la señora carolina puede registrar al niño con sus apellidos?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 222358
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Fecha de respuesta: Viernes 06 de Mayo de 2011 20:36 2011-05-06 20:36 desde IP: 189.216.229.153
No, de ninguna manera, la guarda y custodia y muy en especial la patria potestad, no son derechos, por el contrario son obligaciones, en consecuencia no están sujetos a canvenios privados. Si registra a le menor con los apellidos de Karolina estaría incurriendo en delitos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 222363
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Fecha de respuesta: Viernes 06 de Mayo de 2011 20:49 2011-05-06 20:49 desde IP: 189.163.65.149
Apoyando lo que dice el colega Ochoa señalo.
JAMAS podrá (Recuerde que a partir del 1ro se deptiembre de 2007 es obligatorio para registrar que se presente la constancia de alumbramiento donde figura nombre de la madre, firma y huella dactilar sin este documento simplemente NO HAY REGISTRO.)
Al margen del famoso convenio recuerde usted que el articulo 17 Constitucional prohibe hacerse justicia por uno mismo... que quiero decir con esto.. para eso hay jueces quienes atendiendo al mejor porvenir del menor puede otorgar o no la custodia, tutela, tutoria a persona alguna sobre alguien que no es su hijo fisicamente.
Pero SOLAMENTE un Juez tiene tal facultad. Se imagina que se pudiere mercar a los hijos cual bil mercancia y luego de recibir una cierta cantidad otorgo en escrito privado practicamente la propiedad de mi hija (Insisto como si fuere mercancia) para que aquella persona la registre como su Hija?
Naturalmente NO SE PUEDE y de llegar a hacerlo por medios obscuros es un delito que se denomina "Delitos contra la filiacion de las personas"
Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 288881
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Fecha de respuesta: Miércoles 17 de Octubre de 2012 09:15 2012-10-17 09:15 desde IP: 189.179.246.39
Es muy interesante la pregunta, por que el niño no está registrado y la madre en ése caso incurriría en un delito? Por no registrar a su hijo? Como los familiares de un niño que no ha sido registrado pueden ayudar a el niño en cuestión? Demandando a la madre que cumpla con esa obligación?
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