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PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 111395
- Autor : evr_46_NR
- Publicado : Lunes 02 de Mayo de 2011 22:40 desde la IP: 201.160.133.173
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,107
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 02 de Mayo de 2011
Estado de Referencia: Baja California
hola! mi esposo tiene 5 años de separado de su ex y un año de divorciado acaba de ricibir una notificacion de un bufette juridico donde su ex esposa lo cita para pedirle mas dinero para la pension alimenticia ya que tiene tres hijos con ella una de 20 , otro de 17 y un niño de 8 , la de veinte ya esta casada , el de 17 no estudia y el niño esta en la primaria; mi pregunta es : Cuanto le corresponde dar a sus hijos ya que el no tiene un sueldo fijo por que gana por comision y por mes no por semana ?
Aclaro que el le da por mes lo que la lic. le dicto en el divorcio .Ella no trabaja y tiene una bebe que no es de el , ademas ella no paga renta ya que se quedo con la casa.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 221800
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Fecha de respuesta: Lunes 02 de Mayo de 2011 22:48 2011-05-02 22:48 desde IP: 189.137.230.250
HOLA
LO MEJOR SERIA QUE CONTRATARA UN ABOGADO , QUE LE AYUDA A DAR CONTESTACION A LA DEMANDA QUE SOLICITA COMO PRESTACION EL AUMENTO DE PENSION
A LA HORA DE CONTESTAR LA DEMANDA SERIA CONVENIENTE DEMOSTRAR QUE LA JOVEN DE 20 YA SE ENCUENTRA CASADA , ESTO CON LA FINALIDAD DE QUE EL JUEZ NO AUMENTE LA PENSION .
Y DESPUES COMENZAR OTRRO JUICIO SOLICITANDO LA REDUCCION DE LA PENSION , DEMOSTRANDO QUE LA JOVEN DE 20 YA SE ENCUENTRA CASADA
SALUDOS
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Autor
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AutorRespuesta No: 221801
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Fecha de respuesta: Lunes 02 de Mayo de 2011 22:54 2011-05-02 22:54 desde IP: 189.234.186.36
1... no debe ir a la cita... por ninguna causa... no tiene porwque lklegar a un convenio que ya tiene...
2...buscar un abogado e iniciar el jucio de reduccciòn de pago d epensiòn... sin piedqad alguna y sin pensar en tonterias como moral u otras... ya tienen una hinja casada... esta no necesita poensiòn... debe presentar la acta de matrimonio y si hay de hijos... tambien... del de 17 tiene obligaciòn de darle hasta los 18... y despues debe presentar incidente de suspensiòin de pago de pensiòn por mayoria d eedad y porque ya no estudia... del de 8... hasta que cumpla 18 o hasta que termine su estudio profesional a nivel licenciatura...
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