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INSOLVENCIA ECONOMICA PARA PAGAR DEUDA.
- Consulta : 110857
- Autor : nimblin_NR
- Publicado : Jueves 28 de Abril de 2011 01:30 desde la IP: 189.222.97.63
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,073
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 28 de Abril de 2011
Estado de Referencia: Baja California
en agosto de 2008. firme uno pagare por el monto de 2000 dolares americanos. hace unos dias se me emplazo y se requirio el pago. donde señale un bien el cual podria ser un bien embargado. sin embargo desde el momento de contraer la deuda se le entrego factura original del vehiculo. en ese momento el prestamista sabia de mi situacion economica. y tenia conocimiento de que no tenia mas propiedades a mi nombre. el dia del emplazamiento quisieron señalar bienes en casa de mis padres. alegando que no cubria el monto de la deuda. presentaron copia del documento ya endosado a una tercera persona el cual no reconoci por ser copia simple. y presentaba alteraciones el documento en la fecha y el porcentaje de intereses esta sin escribir pero en la demanda manifiestan que fue del 10% lo pactado.
ahora lo importante es que no quiero que señalen bienes que son ajenos. por lo que les pido me aconsejen se me dio plazo de 8 dias para contestar la demanda, pero no dudo que antes quieran venir a señalar mas bienes.
puedo ser denunciado por el delito de fraude? en varias ocaciones años atras habiamos acordado que si no le pagaba le entregaria el vehiculo a cambio del pagare. sin embargo nunca pude conseguir que se cumpliera el arreglo. ya que me manifestaba que no tenia posesion del documento.
que puedo hacer en este caso?.
el caso lo esta llevando el juzgado mixto de la paz. y en el contenido de la demanda se me esta notificando que debere contestar a un pliego de preguntas respecto al documento.
por su atencion en el asunto les agradezco.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 221274
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Fecha de respuesta: Jueves 28 de Abril de 2011 08:43 2011-04-28 08:43 desde IP: 189.208.200.29
En respuesta a su consulta, le informo.
Lo que debe hacer, es contratar inmediatamente a un abogado especialista en derecho mercantil, a fin de que conteste la demanda dentro del término de ocho días que le fue concedido, ya que de no hacerlo así, entonces se le tendrá por contestándola en sentido afirmativo y se seguirá el juicio en su rebeldía,lo que conducirá a una sentencia de remate.
Es importante señalar que, si en la copia fotostática del documento base de la accióin, no se estipula ningún interés moratorio, y no obstante ello, el actor reclama el pago del diez por ciento mensual de intereses moratorios, ya tiene una excepción y/o defensa que hacer valer respecto de dicha prestación, ya que, en todo caso, si no se estipularon esos intereses, solamente podrán condenarlo a pagar el seis por ciento anual, y no el diez por ciento mensual.
Asimismo, el abogado que contrate, deberá verificar si el original del pagaré, está o no alterado, a fin de que, igualmente, haga valer las excepciones y defensas correspondientes.
En cuanto a si usted puede denunciar un fraude, debo decirle que no, pues no existe ningún engaño por parte del actor, ya que al haber entrado el pagaré en circulación, no puede acusarlo a él de haberlo engañado a usted cuando hizo entrega de la factura endosada del vehículo.
Por lo que hacer al embargo de bienes propiedad de sus padres, no podría decirle si exixte o no la posibilidad de que el actor solicite al Juez le autorice el uso de la fuerza pública, a fin de introducirse al domicilio, para que él pueda señalar más bienes, pues desconozco la redacción del acta levantada por el actuario que practicó la diligencia; sin embargo, su abogado podrá orientarlo más adecuadamente y, de ser necesario, tomar las medidas legales necesarias para evitar que se dicte algún acto de molestia en contra de sus familiares.
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