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PUEDO PEDIR PENSION A MIS EX SUEGROS

  • Consulta : 110335
  • Autor : zoefany_NR
  • Publicado : Sábado 23 de Abril de 2011 19:48 desde la IP: 201.114.43.116
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,152
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  • Autor
    Consulta

  • zoefany_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Hidalgo

    buenas tardes la cuestion es la siguiente mi pareja padre de mi menor hija de 2 años fallecio en dias pasados , el trabajaba con sus papas ya que tienen una empresa de elaboracion de balones durante los cuatro años que viviamos en union libre el cubria todos los gastos , ahora que fallecio sus padres no me dieron absolutamente ni un peso ya que aparte de ser su hijo fue su empleado por mas de 10 años el problema que nunca le pagaron por medio de un recibo o papel de algun indole todo era en efectivo, podre pedirle pension a los papas  de el por mi hija osea su nieta legalmente por los años que el trabajo con ellos o algun tipo de indeminizacion o algo que mediante la ley me puedan otorgar pension finiquito tanto por ser sus padres y sus patrones ....sin omitir que no hay algun documento que compruebe su estado laboral con ellos solo testigos., ellos estan dados de alta en hacienda. muchas gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 220766

  • TOYSTORY
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Consultante, yo no soy abogada pero  creo que si puede... pero me parece que los padres del padre de su hija por ahorita ya bastante tienen con haber perdido a su hijo. Sería bueno que usted buscara un empleo y empezara por pedirle ayuda a los padres de usted. Dele tiempo a los padres del difunto a que digieran la pérdida. No olvide que aquí la responsable de la manutención de la niña principalmente es usted.

    saludos



  • Autor
    Respuesta No: 220767

  • letyespino
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Buenas Noches:

    Puede pedir pensiòn alimenticia para su hijo, pero no para usted, en lo laboral, no le corresponde ninguna indemnizaciòn, ya que usted no era nada de el, Los abuelos, no estan obligados a dar mas alla de dos salarios minimos mensuales en favor de su nieto, y  solo por concepto de alemientos juridicos. A usted le toca  mantener a su hijo en sus necesidades restantes.



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