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SOBRE ESTADO DE HIJO
- Consulta : 109759
- Autor : TANGO210
- Publicado : Domingo 17 de Abril de 2011 21:11 desde la IP: 189.142.252.168
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,110
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 17 de Abril de 2011
Buenas noches, espero me puedan orientar osbre lo siguiente: Lleve un Juicio de Peticion de herencia, donde la sentencia definitiva señala: Al resultar procedente la excepción de falta de legitimación en la actora, en consecuencia, se dejan a slavo los derechos de la accionante para que los haga valer en la forma y via correspondiente, no se hace condena sobre costas en esta instancia.
Ahora bien, de manera medular, el Juez considero que al aparecer en el acta de nacimiento de mi cliente solo la firma de la madre y de haberla presentado solo ella al regitro civil (del D.F.) entonces el padre no la reconoció ni dio su consentimiento para dicho registro -no estaban casados civilmente- (aunque se supone que para haberla registrado unicamente la madre con los apellidos del padre le debieron requerir el acta de matrimonio), el autor de la sucesion es el padre, por lo que se estimo que no habia legitimación, y que las testimoniales que se presentaron no son medio idoneo para comprobar el estado Civil. Y que la filiacion con respecto al padre solo es valida con el reconocimiento o por una sentencia que asi lo declare. Ahora bien, se que hay que lograr que se reconozca la paternidad, pero no se como, o a quien se demanda, el señor (padre de mi cliente) ya murió. me supongo que se demanda a la sucesion y al director del registro civil, pero no tengo muy clara la idea. Esto es en el Estado de México. muchas gracias por sus oponiones. Saludos a todos
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 219929
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Fecha de respuesta: Domingo 17 de Abril de 2011 22:49 2011-04-17 22:49 desde IP: 189.142.252.168
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Autor
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AutorRespuesta No: 219947
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Fecha de respuesta: Domingo 17 de Abril de 2011 23:52 2011-04-17 23:52 desde IP: 189.142.252.168
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Autor
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AutorRespuesta No: 219963
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Fecha de respuesta: Lunes 18 de Abril de 2011 09:32 2011-04-18 09:32 desde IP: 201.114.2.139
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Autor
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AutorRespuesta No: 219995
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Fecha de respuesta: Lunes 18 de Abril de 2011 14:50 2011-04-18 14:50 desde IP: 189.142.151.247
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AutorRespuesta No: 220369
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Abril de 2011 20:29 2011-04-20 20:29 desde IP: 201.114.226.115
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Autor
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AutorRespuesta No: 347747
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Fecha de respuesta: Lunes 24 de Marzo de 2014 12:40 2014-03-24 12:40 desde IP: 189.163.202.235
Hola colega perdon... estuve desconectado un tiempo pero ya llegue...
a ver...
1.- Deduzco que el acta de nacimiento de tu cliente dice JUANA PEREZ ROBLES (Ejemplo) con nombre de padres Rosa Robles y padre no tiene aunque su apellido es Perez y ella sabe que siempre fue Pedro Perez.
Si esto es asi... el Juzgador esta en lo correcto. Anteriormente y por error asentaban el registro del menor en tratandose de madre soltera con el apellido de quienes de viva voz decian era el padre (malamente eso no se debía hacer sin embargo se hacia en todos los registros civiles del pais hasta antes de 2000) Pero el hecho que tu cliente lleve el apellido perez no necesariamente implicará que sea hija del autor de la sucesion PEDRO PEREZ.
Que hacer entonces?
Bueno pues lo ideal es que ellos estuvieren casados y que la cliente hubiere nacido dentro de matrimonio... asi se te facilitarian las cosas pero como no es el caso.. no te quedará otra que demandar EL ESTADO DE HIJO.
Debes verificar la via en la que en Veracruz se demanda... aca por ejemplo es en Jurisdiccion Voluntaria toda vez que solo es para acreditar hechos y demostrar derechos... y demandas el Estado de Hijo (Ciertamente es al representante de la sucesión pues el padre de la cliente ya fallecio) con vista al Ministerio Publico que es el representante legal de los ausentes (Aqui el padre de la cliente no esta ausente sino muerto pero al menos yo pediría se le de vista mas vale)
A traves de testimoniales y una que otra documental podras probarlo (Si estuvo afiliado al IMSS e inscribio a la señora como su concubina por ejemplo) podran servirte para ello.
Y listo... obteniendo la sentencia... podrás iniciar nuevamente el Juicio Socesorio para que le sea reconocido ese derecho a heredar.
Si vez que se complica y tiene algun otro familiar (Madre o hermanos) quiza por conducto de ellos y una vez que sea declarados herederos cada uno de ellos repudie un porcentaje de la herencia en favor de tu cliente... imaginemos que son 4 cada uno repudia al 25% que pudiere corresponderle de la masa hereditaria en favor de ella y listo. Aqui el riesgo es que quiza a la mera hora los demas no quieranm repudiar nada y se queda ella chiflando en la loma.
Saludos
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