- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
COMO OBTENER UNA ORDEN DE DESALOJO
- Consulta : 109752
- Autor : Orizabeño
- Publicado : Domingo 17 de Abril de 2011 19:49 desde la IP: 189.133.131.43
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,111
-
AutorConsulta
-
Publicado el Domingo 17 de Abril de 2011
Buenas noches, tengo un problema con una inquilina de que no quiere pagar la renta y no quiere desocupar, dice que se va a ir hasta que ella encuentre un lugar que le guste. mientras esta corriendo el tiempo y no se va, tiene 2 meses que le pedi el departamento y hasta ahorita no se ha ido que puedo hacer, como obtener una orden de desalojo?. les escribo desde orizaba veracruz
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 219906
-
Fecha de respuesta: Domingo 17 de Abril de 2011 20:42 2011-04-17 20:42 desde IP: 189.211.35.78
No deje ud. pasar más tiempo el patrón de conducta de inquilino indica que no se saldrá... promueva un juicio ordinario reivindicatorio de posesión (así se denominan en Yucatán), hágalo prontamente ya que, y se lo comento sin afán de desanimarlo, es un juicio que tarda de uno hasta dos años y un poco más... entonces después de acreditar su propiedad, logrará recuperar la posesión y al final mediante orden judicial (del juez) se le otorgará la orden de desalojo con auxilio de la fuerza pública (policía).
Siento que se encuentre en esta posición pero es el riesgo de rentar sin protegerse (y aún protegiéndose puede llegar a suceder), pero mi mejor recomendación es la señalada promueva su juicio prontamente... no deje pasar más tiempo porque el resultado no variará... quizá en el ínter pueda llegar a algún arreglo con dicha vivilla.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 219909
-
Fecha de respuesta: Domingo 17 de Abril de 2011 21:01 2011-04-17 21:01 desde IP: 189.216.227.163
Usted no hace mención a lo más importante: ¿Tiene contrato de arrendamiento firmado? de ser así lo mejor que puede hacer es demandar la rescisión del contrato por falta de pago así como el pago de las rentas adeudadas, de esa manera obtendrá mediante sentencia el desaucio y en consecuencia la entrega física y jurídica del inmueble.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 219917
-
Fecha de respuesta: Domingo 17 de Abril de 2011 21:56 2011-04-17 21:56 desde IP: 189.216.227.163
Fe de erratas, donde dice desaucio, debe decir desahucio,
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 219921
-
Fecha de respuesta: Domingo 17 de Abril de 2011 22:20 2011-04-17 22:20 desde IP: 187.194.79.133
si tienes contrato de arrendamiento... debes iniciar juicio de desahucio...tu abogado sabe que hacer....
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 268990
-
Fecha de respuesta: Miércoles 30 de Mayo de 2012 19:32 2012-05-30 19:32 desde IP: 187.194.40.53
BUENAS NOCHES:
Esta consulta fue hace ya un año.
Saludos a los Colegas participantes de esta Consulta.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
ABOGADO
Espero sus correos, le daré respuesta a todos.
Kokoduro1
arroba
h o t
m a i l
punto
c o m
Espero sus correos, le daré respuesta a todos.
-
Autor








