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SOBRE AMPARO

  • Consulta : 109644
  • Autor : rocio22_NR
  • Publicado : Sábado 16 de Abril de 2011 15:32 desde la IP: 189.142.154.5
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,136
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  • Autor
    Consulta

  • rocio22_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Sinaloa

    Que autoridad es competente para conocer de un amparo indirecto contra actos de un Tribunal Colegiado de Circuito, y cual es el fundamento????  muchas gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 219754

  • Lic.OscarCollazo
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Independientemente del Acto cometido por el Tribunal Colegiado de Circuito el Amparo Indirecto es Improcedente, contra Actos de un Tribunal Colegiado de Circuito solamente procede lo siguiente:

    * La revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra de las resoluciones emitidas por los Colegiados de Circuito, cuando decidan sobre la Constitucionalidad de Leyes Federales, locales, tratados internacionales, reglamentos expedidos por el Presidente de la República de acuerdo a la fracción I del artículo 89 Constitucional, etc... según el artículo 83 fracción V de la Ley de Amparo. (ES IMPORTANTE EXAMINAR LA REDISTIBUCIÓN DE COMPETENCIAS SEÑALADAS POR LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA MEDIANTE ACUERDO GENERAL DE FECHA 5/2001)

    * La Queja (Queja de Queja) en los términos del artículo 95 fracción V de la Ley de Amparo.

    * La Reclamación en contra de Acuerdos de trámite tal y como lo diposne el artículo 103 de la Ley de Amparo.

    En contra de Actos de los Tribunales Colegiados de Circuito no es procedente el Juicio de Amparo Indirecto, según se aprecia en la fracción III del artículo 73 de la Ley de Amparo que señala: El Juicio de Amparo es improcedente (...) III.- Contra (...) actos que sean materia de otro Juicio de Amparo que se encuentre pendiente de resolución, ya sea en primera o en UNICA INSTANCIA (Amparo Directo), o en REVISIÓN...

    Independientemente de cual sea el acto del Tribunal Colegiado, el Amparo es Improcedente.

    Solo quisiera comentarle una cosa estimada consultante: Si esta consulta la plantea por una tarea escolar, con todo respeto le sugiero que estudie, de otra manera como va a aprender a investigar, recuerde estas palabras del Decálogo del Abogado.

    ESTUDIA: El Derecho se transforma constantemente, si no sigues sus pasos serás cada día un poco menos Abogado. 

    PIENSA: El derecho se aprende estudiando, pero ejerce pensando.

    Espero haberle servido de algo ya que fué un placer servirle, saludos y exito...



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