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JUICIO DE DESAHUCIO

  • Consulta : 109533
  • Autor : cesarms
  • Publicado : Viernes 15 de Abril de 2011 15:28 desde la IP: 201.165.205.254
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,125
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  • Autor
    Consulta

  • cesarms
    USUARIO REGISTRADO

    rento una propiedad , hace 6 meses que no pagan renta y 2meses que se vencio el contrato.se llevaron el archivo y las comadoras pero dejaron el mobiliario.se esconden de mi y una persona me dijo que tenian todo previsto y que el mobiliario estaba anombre de otra persona. al parecer estan en quiebra y lo unico tangible es el mobiliario. existe contrato elaborado por century 21

     

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  • Autor
    Respuesta No: 219571

  • Arellano
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Demanda a Century 21, pues tú no le rentaste a los quebrados, así las cosas, será la inmobiliaria quien debe pagarte la renta a tí, no las personas, ojo la inmobiliaria va mover todo lo que tenga a su alcance para no pagarte, pero es a ellos a quienes debes demandar, de acuerdo a como lo haces ver en tu consulta, tú le rentas a la inmoviliaria y ellos a su vez a un tercero, pero tú no conoces a ese tercero. O ¿me equivoco?



  • Autor
    Respuesta No: 219625

  • cesarms
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    no.perdon, century 21 ayudo a rentar  y proporciono un borrador del contrato pero no aparecen en ningun docto solo un recibo por el equivalente a un mes,que fue lo q cobraron por conseguir este clientazo



  • Autor
    Respuesta No: 219626

  • cesarms
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    no.perdon, century 21 ayudo a rentar  y proporciono un borrador del contrato pero no aparecen en ningun docto solo un recibo por el equivalente a un mes,que fue lo q cobraron por conseguir este clientazo



  • Autor
    Respuesta No: 219860

  • Arellano
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En este caso, entonces hay que iniciar de inmediato el Juicio correspondiente de Desaucio, si aún hay pertenencias de los individups esos en tu propiedad, podemos rematarlas con el fín de que recuperes algo al menos de lo perdido



  • Autor
    Respuesta No: 219864

  • Arellano
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En este caso, entonces hay que iniciar de inmediato el Juicio correspondiente de Desaucio, si aún hay pertenencias de los individups esos en tu propiedad, podemos rematarlas con el fín de que recuperes algo al menos de lo perdido visita MI OFICINA, ahí encontraras mis núemros de contacto para mas detalles 

    Lic. José J. Arellano García.

    cel. 044 55 20046819



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