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QUISIERA SABER QUE PUEDO HACER PARA RETIRAR EL EMBARGO DE MI CASA,SI YA PUEDO PAGAR LA CANTIDAD QUE DEBO DESPUéS DE 6 AñOS DE EMBARGO?

  • Consulta : 109281
  • Autor : sulay
  • Publicado : Miércoles 13 de Abril de 2011 20:21 desde la IP: 201.143.152.39
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,128
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  • Autor
    Consulta

  • sulay
    USUARIO REGISTRADO

    Yo no sabía que estaba embargada, porque nunca me llego la notificación, sin embargo yo quise vender esa propiedad y al momento de pedir el certificado de libertad de grávame, resulta que estaba embargada por $75,000 de una deuda del pasado que no pague por que no contaba con el dinero desde hace 6 años en el 2006. Yo ya tengo los 75,000 pesos pero no se si se pueda retirar el embargo si yo pago mi deuda, o la persona que me está embargando ya se quedara con mi casa que vale mucho mas de 75,000 pesos, me urge que me contesten por favor.

    Yo tengo entendida que esas deudas prescriben en cinco años, y que si pago el embargo , la persona que me la embargo tendrá que quitar el embargo,

     

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  • Autor
    Respuesta No: 219292

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Lo que debe hacer, es contactar a su acreedor, a fin de que le informe cuanto es lo que usted debe pagarle, pues seguramente y dado que para poder inscribir dicho embargo, lo demandó a usted y el juzgado en el que tramitó el juicio, lo notificó y emplazó, al girar el oficio al Registro Público de la Propiedad ordenando la inscripción del embargo, sólo tomó en consideración la suerte principal, y no los intereses moratorios que su incumplimiento han venido generando, los cuales, al paso del tiempo transcurrido, seguramente alcanzarán también una cantidad de dinero considerable.

    Una vez que usted acuerde con su acreedor el pago de su deuda, podrán comparecer ante el Juez que conoce del juicio,celebrando el convenio de pago respectivo, para que al pagar las prestaciones que le demandaron, el juzgador levante el embargo y gire el oficio correspondiente al Registro Público de la Propiedad.



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