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ACTA DE NACIMIENTO CON NOTA MARGINAL DE MATRIMONIO

  • Consulta : 108537
  • Autor : leed_25_NR
  • Publicado : Viernes 08 de Abril de 2011 08:53 desde la IP: 200.114.21.28
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,133
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  • Autor
    Consulta

  • leed_25_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Gracias, deseo consultar como se debe solicitar un Acta de nacimiento donde además contenga los datos de matrimonio civil y el nombre del cónyuge...

    Hasta donde he leido creo que este dato debe ir en el espacio de anotación marginal, la cuestión está en que la unión civil se efectúo hace más de 7 años en colombia y el acta de matrimonio sé ingresó a méxico con todos los requisitos exigidos. Quiero pensar con esto de que no habrá ningún problema pero no sé si la misma se debe solicitar en la notaria como pasa en colombia, nada más que allá se le llama NOTA marginal.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 218564

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola.

    A ver... Entiendo que usted es mexicano y cuenta con un acta de nacimiento.

     

    Se caso en colombia y solicitó la insersión de acta de matrimonio que tuvo lugar alla.  Ahora su pregunta es si su acta de nacimiento debe llevar la anotacion marginal del matrimonio?

    NOOOOO necesariamente. en algunos casos se asentaba la nota marginal de matrimonio en las actas de nacimiento. Hoy día, ya no se hace asi casi en todo el pais debido a que despues hay divorcios y por error se olvida eliminar la nota y se vuelve complicado estar rastreando a que actas se les puso nota de matrimonio.

    Hoy dia casi no se hace la misma y esta no debe ser la excepcion.

    Lo que demuestra el estado civil de la persona es el acta de la cual se trate. Si quiere acreditar un matrimonio pues lo sera el acta de matrimonio, se requiere acreditar un reconocimiento pues el acta de reconocimiento o una defunción..pues esa acta.

    El acta de nacimiento sirve unicamente para demostrar que tal persona nace en X lugar y es hijo de tal y cual persona. Excepcionalmente se hace anotacion marginal para evitar bigamia pero no es un requisito sine qua non.

    El codigo civil contempla que las anotaciones marginales pueden hacerse A PETICION DEL INTERESADO asi que si lo solicita por escrito se agregue la nota posiblemente se asiente

    Saludos



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