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CANCELACION DE RESERVA DE DOMINIO EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD
- Consulta : 108508
- Autor : sperez_NR
- Publicado : Jueves 07 de Abril de 2011 21:12 desde la IP: 201.147.203.129
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,140
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 07 de Abril de 2011
Estado de Referencia: Jalisco
Hola conocedores,,, me llamo Sandra y les escribio desde Jalisco...
Estoy en el procedo de compra-venta de un inmueble - casa - y deseo saber si para poder vender la propiedad y escriturar a el nuevo propietario es requisito indespensable contar con la cancelaciòn de reserva de dominio., es decir el notario ò abogado puede seguir con su parte de hacer las nuevas escrituras y contrato de compra venta sin contar con este tramite " cancelacion de reserva de dominio " ?
Gracias mil!
Sandra
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 218522
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Fecha de respuesta: Jueves 07 de Abril de 2011 22:13 2011-04-07 22:13 desde IP: 189.137.185.176
Si, tienes que cancelar la reserva de dominio, ya que existe una limitante, porque le vendedor se reservo la propiedad de la cosa vendida hasta que su precio haya sido pagado, es decir se condiciono la perfección del contrato hasta en tanto se pague el precio, quitando por virtud este convenio, el carácter consensual de la comprventa en que el dominio de los bienes de la compraventa se transmiten cuando las partes se ponen de acuerdo en el precio y la cosa.
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