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ACCION PAULIANA
- Consulta : 107531
- Autor : dfqf05
- Publicado : Miércoles 30 de Marzo de 2011 20:12 desde la IP: 189.217.186.121
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,077
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 30 de Marzo de 2011
LA ESPOSA DE UN DEUDOR VENDIO SU CASA PARA QUE NO SE LA EMBARGUEN POR QUE ESTA CASADA POR REGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL LA VENTA LA HIZO 6 MESES DEPUES DE QUE A SU ESPOSO SE LE VENCIERA UN PAGARE, POR LO QUE YA TENIA 6 MESES DE MORA CON LA DEUDA ¿ SE PUEDE INTENTAR LA ACCION PAULIANA CON EL FUNDAMENTO DE QUE LA CASA LA ADQUIRIO LA ESPOSA DENTRO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y POR LO TANTO TAMBIEN ERA CASA DEL DEUDOR ? PARA EVITAR EL FRAUDE DE ACREEDOR.......
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 217441
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Fecha de respuesta: Miércoles 30 de Marzo de 2011 21:46 2011-03-30 21:46 desde IP: 187.158.194.11
Estimado estudiante:
Es obvio que el caso que plantea es una tarea escolar. Sin embargo, con el ánimo de que, Usted no nos transfiera a los foristas los deberes a su cargo y a la vez obtenga elementos que le ayuden a resolver el problema jurídico-práctico que le han encargado, por favor tome en cuenta lo siguiente:
1. La acción pauliana busca nulificar los actos esencialmente gratuitos llevados a cabo por una persona que, dentro de los elementos de su patrimonio personal existen a su cargo deudas líquidas y exigibles;
2. El deudor responde del cumplimiento de sus obligaciones con todos sus bienes.
Con estos elementos Usted debe estar en posibilidades de resolver por sí mismo el caso planteado.
Saludos cordiales.
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