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RECURSO DE APELACIóN

  • Consulta : 106747
  • Autor : jecovil28
  • Publicado : Jueves 24 de Marzo de 2011 10:11 desde la IP: 187.145.157.230
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,125
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  • Autor
    Consulta

  • jecovil28
    USUARIO REGISTRADO

    Hola:

     

    Tengo un asunto de guarda y custodia, resulta que en el auto en el que me tienen por admitida las excepciones y defensas, no me admitieron dos pruebas por lo que quiero tramitar el recurso de apelación (el juicio es de este año 2011) sin embargo, tengo la duda del término para interponerlo porque según yo es una apelación de tramitación inmediata con un término para interponerla de ocho días (Art. 692 CPCDF) pero una persona me dijo que el término es de tres días. ¿Cuál término es el correcto? ¿Me pueden decir el fundamento?. Gracias

     

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